La Dirección General de Evaluación y Estrategia Presupuestaria tiene las atribuciones siguientes:

Proponer las previsiones de gasto para su incorporación al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para llevar a cabo acciones preventivas o ejecutar programas y proyectos para atender los daños ocasionados por fenómenos naturales; así como el seguimiento presupuestario de dichos recursos en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

Autorizar el traspaso o, en su caso, la transferencia de los recursos autorizados en el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas a los ramos administrativos que corresponda, para ser destinados a las zonas afectadas por desastres naturales, así como a los proyectos de reconstrucción anuales y plurianuales, y dar seguimiento a esos recursos, en los términos de los calendarios establecidos;

Elaborar los dictámenes presupuestales correspondientes, para la transferencia de recursos autorizados en relación con la atención de los desastres naturales a los ramos administrativos que corresponda, en coordinación con las unidades administrativas competentes que están adscritas a la Unidad de Política y Control Presupuestario;

Elaborar los informes y reportes sobre el ejercicio del gasto que realizan las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, respecto de los recursos autorizados para la atención de desastres naturales y del gasto público federalizado, conforme a los registros que realicen los ramos presupuestarios relativos a la evolución del ejercicio de esos recursos;

Establecer los criterios y el proceso para la solicitud, transferencia, aplicación y erogación de los recursos que se entregarán a través del Fideicomiso para la Infraestructura en los Estados, así como para el seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia respecto de dichos recursos;

Realizar las acciones en el ámbito de atribuciones de la Unidad de Política y Control Presupuestario, para el proceso de compensación a las entidades federativas y municipios por la disminución en el monto de las participaciones vinculadas con la recaudación federal participable estimada en la Ley de Ingresos con cargo a los recursos del Fondo de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas;

Diseñar mejoras para la operación de sistemas de información presupuestaria, para entidades federativas y municipios, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, así como en el Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables;

Diseñar, en coordinación con otras unidades administrativas de la Unidad de Política y Control Presupuestario, los convenios y mecanismos específicos para el otorgamiento de subsidios a entidades federativas y municipios;

Proponer al superior jerárquico, la emisión de normas y lineamientos para la operación de los fondos autorizados con cargo al Ramo General 23, incluyendo aquellos que se asignen para entidades federativas y municipios;

Administrar en el ámbito presupuestario, el Ramo General 23 Provisiones Salariales y Económicas en lo correspondiente a los recursos que se asignen a las entidades federativas y los municipios;

Realizar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, las acciones en materia de programación y control del Ramo General relativo a las participaciones a entidades federativas y municipios, de conformidad con la Ley de Coordinación Fiscal, y el Presupuesto de Egresos de la Federación;

Brindar asesoría a las entidades federativas y municipios que lo soliciten, en materia de gasto federalizado conforme al ámbito de atribuciones de la Unidad de Política y Control Presupuestario;

Participar, en el ámbito de su competencia, en los trabajos relativos a normar la calendarización de los fondos autorizados con cargo al Ramo General 23, incluyendo aquellos que se asignen para entidades federativas y municipios, e integrar los calendarios de gasto;

Realizar las acciones que conforme al ámbito de atribuciones de la Unidad de Política y Control Presupuestario correspondan, para la transferencia a las entidades federativas de los recursos por concepto de los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho por el acceso a museos, monumentos y zonas arqueológicas, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

Definir y desarrollar políticas, normas y sistemas informáticos y de información institucional relacionados con el gasto federalizado, así como lo relativo con el sistema de control y seguimiento de los proyectos de modernización presupuestaria del gasto público de los estados y municipios, en coordinación, en su caso, con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;

Autorizar y controlar la asignación de las claves de acceso a los sistemas de información presupuestaria, para entidades federativas y municipios, de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, así como en el Presupuesto de Egresos de la Federación y demás disposiciones jurídicas aplicables;

Evaluar la información generada del análisis de las características propias de los proyectos especiales en su instrumentación en los estados y municipios, y establecer la metodología para la elaboración y presentación de los proyectos de modernización presupuestaria del gasto público;

Establecer el diseño de las bases de datos, repositorios de información, matrices, instrumentos de medición, aplicación de lineamientos y políticas internas de mejora presupuestaria del gasto público de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

Colaborar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en proyectos de mejora y modernización del gasto en la Administración Pública Federal, así como en estudios coyunturales de la materia, y

Conducir la coordinación de las acciones entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y las unidades administrativas de la Subsecretaría de Egresos, para la atención y seguimiento de los temas estratégicos que deriven de los proyectos de modernización presupuestaria de gasto público, con base en las prioridades, lineamientos y políticas establecidas para tal efecto.

La Coordinación de Estrategia y Política Presupuestaria podrá ejercer las atribuciones previstas en las fracciones VII, VIII, X, XI, XII, XIII, XV, XVI y XVII de este artículo.

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