La Unidad de Planeación Económica de la Hacienda Pública tiene las atribuciones siguientes:

Proponer, para aprobación superior, los lineamientos de política del Gobierno federal en las materias financiera, fiscal, crediticia, bancaria y de productividad económica, así como opinar sobre la política cambiaria, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, a fin de aportar elementos para la participación que a dicha dependencia y a las entidades paraestatales sectorizadas a esta les corresponda en la formulación del Plan Nacional de Desarrollo;

Formular, para aprobación superior, el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo y evaluar sus resultados;

Proponer, para aprobación superior, la política financiera del Gobierno federal en congruencia con la política económica general del país, en coordinación con las unidades administrativas de la Secretaría y otras autoridades competentes;

Elaborar la programación financiera del Gobierno federal, en coordinación con la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda, con base en la información que proporcione el Banco de México y las demás unidades administrativas de la Secretaría;

Opinar sobre la factibilidad de la política crediticia del Gobierno federal considerando las metas fiscales;

Consolidar los programas financieros y los presupuestos de las instituciones de la banca de desarrollo y de los fideicomisos públicos de fomento que corresponda coordinar a la Secretaría;

Proponer, para aprobación superior, los lineamientos generales conforme a los cuales las entidades paraestatales deban formular sus programas financieros, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría;

Mantener una estrecha relación con inversionistas institucionales e individuales, tanto nacionales como extranjeros, así como dar seguimiento a las opiniones de inversionistas en los mercados nacionales e internacionales para contribuir a promover las inversiones hacia el país y la estabilidad macroeconómica, en coordinación con la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Formular, con la participación de las unidades de Banca, Valores y Ahorro, de Banca de Desarrollo, y de Seguros, Pensiones y Seguridad Social, las políticas del sistema bancario y de los demás intermediarios financieros, de conformidad con el Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, así como determinar con la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda y la Unidad de Banca de Desarrollo los límites de intermediación financiera para la banca de desarrollo con base en la capacidad de los Requerimientos Financieros del Sector Público;

Participar con las autoridades competentes y en el ámbito de competencia de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, en los trabajos de programación, presupuestación y del gasto público federal, así como en la elaboración de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal;

Apoyar a la representación de la Secretaría en la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación, así como a las designadas por dicha dependencia ante otras comisiones intersecretariales, cuando por acuerdo de su superior jerárquico así se lo señale, para lo cual deberá proporcionarles la información que requieran para el desempeño de sus funciones;

Participar con las autoridades competentes en la formulación de las reglas para orientar y controlar la captación y asignación de recursos financieros del sistema bancario y demás intermediarios financieros;

Proponer, para aprobación superior, en coordinación con la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda, medidas de política y manejo de recursos financieros que involucren fondos y valores del Gobierno federal, con excepción de aquellos recursos cuyo manejo e inversión sea competencia de la Tesorería de la Federación, así como coordinar el seguimiento de dichos fondos y valores y de los saldos de depósitos e inversiones en dinero, valores y demás operaciones financieras que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal tengan tanto en instituciones financieras como no financieras que operen en el país o en el extranjero, y el registro de las cuentas que para tal fin se constituyan, conforme a las disposiciones que para tal efecto emita la Secretaría;

Analizar la actividad y condiciones económicas generales del país e identificar posibles riesgos o amenazas a la estabilidad macroeconómica, así como realizar estudios que sirvan como marco de referencia para la elaboración de los programas financieros de la Administración Pública Federal y para prever su impacto en las finanzas públicas;

Elaborar las proyecciones económicas requeridas por las unidades administrativas competentes de la Secretaría;

Estudiar en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría los asuntos económicos que permitan formular lineamientos de política y el empleo de instrumentos financieros, fiscales, crediticios, bancarios, monetarios, de comercio exterior, de divisas y de precios y tarifas de bienes y servicios del sector público para apoyar la toma de decisiones sobre asuntos de su competencia;

Emitir las metodologías para generar las estadísticas de finanzas públicas y establecer las directrices para la integración y análisis de los componentes de las finanzas públicas a partir del proceso presupuestario y los registros contables, que incluyan los principales indicadores sobre la postura fiscal y las diversas clasificaciones de los ingresos y los gastos, así como coordinar el diseño y la operación del módulo de información económica, financiera, fiscal y externa del Sistema de Administración Financiera Federal, para apoyar la toma de decisiones de las autoridades competentes, con la participación que corresponda a la Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información;

Establecer en el Sistema de Administración Financiera Federal las directrices para la generación y consolidación de las estadísticas de finanzas públicas que divulga la Secretaría, así como de las estadísticas que proporciona al Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y a los organismos internacionales, con la participación que corresponda a la Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información;

Elaborar y, en su caso, integrar los informes mensuales sobre la evolución de las finanzas públicas y de la deuda pública, así como trimestralmente los informes sobre la situación económica, las finanzas públicas y la deuda pública para su entrega al Congreso de la Unión;

Coordinar la integración, consolidación y difusión de las estadísticas de finanzas públicas por ingresos, gasto y financiamiento del Gobierno federal, el cual debe incluir a las entidades paraestatales no financieras, entidades paraestatales financieras, sector público presupuestario y sector público federal, bajo los medios que determine la Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información;

Elaborar los criterios generales de política económica que acompañan a la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación y al proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación de cada año presupuestario; dar seguimiento a su ejecución y evaluar sus resultados;

Participar en la elaboración del Plan Nacional de Desarrollo, respecto de la definición de las políticas financieras, fiscales y crediticias;

Definir con la Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información los elementos necesarios para generar sistemas de análisis estadístico de la Secretaría en las materias de finanzas públicas y de productividad económica;

Reunir la documentación y los datos para la preparación del informe presidencial en las materias de competencia de la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público, así como coordinar la elaboración del informe de labores de la Secretaría;

Apoyar la difusión de la información en materia de hacienda pública de la Secretaría, en colaboración con la Unidad de Comunicación Social y Vocero, así como coordinar la atención en materia de estadísticas de finanzas públicas, los requerimientos de información del Sistema Nacional de Información Estadística y Geográfica y de los organismos internacionales de los que el Estado mexicano es miembro;

Resolver los asuntos que las disposiciones legales que rigen las materias de planeación financiera, fiscal, crediticia, bancaria, de comercio exterior y de divisas atribuyan a la Secretaría, siempre y cuando no formen parte de las facultades indelegables de la persona titular de la Secretaría y no estén asignadas expresamente a otra unidad administrativa de dicha dependencia;

Coordinar el Sistema Integral de Información de los Ingresos y Gasto Público, bajo los medios que determine la Dirección General de Tecnologías y Seguridad de la Información;

Proponer, para aprobación superior, con la participación que corresponda a otras unidades administrativas de la Secretaría, las políticas de ingreso y gasto público que fomenten el incremento y democratización de la productividad en los distintos sectores económicos y regiones del país y, con ello, el crecimiento económico y el fortalecimiento de las finanzas públicas;

Elaborar y proponer, para aprobación superior, con la participación que corresponda a otras dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y a las unidades administrativas de la Secretaría, programas en materia de productividad económica respecto de las finanzas públicas, con base en lo que establezca el Plan Nacional de Desarrollo;

Participar en la elaboración e implementación de las políticas públicas y los programas en materia de productividad económica;

Participar en la elaboración e implementación de los mecanismos de evaluación de las políticas y los programas en materia de productividad económica;

Aprobar los estudios económicos y estadísticos que elaboren las unidades administrativas que tenga adscritas;

Promover, en colaboración con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los gobiernos locales, y los sectores económico, privado y social, el uso eficiente de los recursos productivos;

Celebrar convenios de colaboración o acuerdos interinstitucionales con instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales, con el objeto de elaborar estudios, análisis, proyectos o, en su caso, obtener información en materia de productividad económica;

Solicitar, en el ámbito de su competencia, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, información y opinión para evaluar las acciones implementadas por el Gobierno federal en materia de productividad económica, y

Asesorar a la persona titular de la Secretaría en materia de productividad económica.

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