La Coordinación de Seguimiento Estratégico tiene las atribuciones siguientes:
Elaborar y someter a consideración de la persona titular de la Dirección General de Procesos Legales propuestas y opiniones sobre los actos, omisiones u operaciones que puedan favorecer la comisión de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo y su financiamiento;
Requerir y recibir de las unidades administrativas de la Unidad de Inteligencia Financiera encargadas del análisis operativo, la información y documentación necesaria para elaborar las propuestas y opiniones a que se refiere la fracción anterior;
Presentar, en el ámbito de colaboración y coordinación con las autoridades competentes y previo acuerdo, denuncias de las conductas que pudieran favorecer, prestar ayuda, auxilio o cooperación de cualquier especie para la comisión de los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento y aquellas previstas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, y darles el seguimiento necesario;
Tramitar los requerimientos de información de autoridades ministeriales o administrativas que, sin derivar de denuncias presentadas por la Unidad de Inteligencia Financiera, estén relacionadas con los delitos de operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento y aquellas previstas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita;
Participar y colaborar, en representación de la Dirección General de Procesos Legales, en las mesas de trabajo o inteligencia que instaure el Gobierno federal para el combate a las estructuras delictivas involucradas en el lavado de activos, operaciones con recursos de procedencia ilícita, terrorismo o su financiamiento, así como cualquier otra conducta que pueda representar un daño al sistema financiero y a la economía nacional;
Fungir como enlace, en el ámbito de sus atribuciones y por acuerdo de su superior jerárquico, con los órganos encargados del control interno, la Auditoría Superior de la Federación, el Ministerio Público y el Consejo de la Judicatura Federal, y
Actuar en representación de la persona titular de la Dirección General de Procesos Legales, mediante acuerdo que así lo determine.