La Dirección General de Normatividad Presupuestaria tiene las atribuciones siguientes:

Coadyuvar junto con la Unidad Jurídica de Egresos, en la revisión del anteproyecto de Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación;

Coordinar las acciones con las unidades administrativas competentes de la Unidad de Política y Control Presupuestario para que en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente, se incorporen las disposiciones de control presupuestario de los servicios personales;

Integrar, revisar y, en su caso, modificar proyectos de disposiciones jurídicas en materia presupuestaria que deberán observar las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, con el propósito de que los recursos públicos federales se ejerzan conforme a los criterios de honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia y control, así como someter a la consideración del superior jerárquico, dichos proyectos;

Emitir opiniones normativas en materia de programación, presupuestación, control y ejercicio del gasto público federal respecto de las atribuciones que correspondan a la Unidad de Política y Control Presupuestario, derivado de las solicitudes y consultas que presenten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

Proponer al superior jerárquico las modificaciones y actualizaciones del clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal considerando el clasificador presupuestario armonizado expedido por el Consejo Nacional de Armonización Contable;

Emitir opiniones respecto de las consultas normativas que presenten las dependencias y entidades en materia del clasificador por objeto del gasto para la Administración Pública Federal;

Integrar, revisar, modificar y someter a la aprobación superior, las propuestas de políticas, mecanismos, esquemas y disposiciones generales o específicas en materia del control presupuestario y del ejercicio del gasto público federal, que se requieran en apoyo al cumplimiento de los objetivos y metas de los programas presupuestarios autorizados a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal;

Elaborar y proponer el proyecto de decreto que establece el otorgamiento del aguinaldo o gratificación que corresponda a las personas servidoras públicas, con el propósito de que se someta a la aprobación de la persona titular del Ejecutivo Federal, así como proponer la emisión de los lineamientos o disposiciones específicos para la aplicación del Decreto antes referido, así como los relativos a las medidas de fin de año para las personas servidoras públicas de la Administración Pública Federal;

Integrar, revisar, modificar y someter a la aprobación superior, la propuesta del manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que se emite cada ejercicio fiscal; así como proponer, para aprobación, superior los proyectos o modificaciones de las normas, lineamientos, criterios, métodos y procedimientos, para el control presupuestario de servicios personales que se realiza, a través de las acciones de coordinación interna con las diversas unidades administrativas de la Unidad de Política y Control Presupuestario, a efecto de que las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal conozcan las disposiciones generales para regular el otorgamiento de las remuneraciones de las personas servidoras públicas;

Integrar, revisar y someter a la aprobación superior, en los casos que correspondan, las propuestas o modificaciones de las disposiciones específicas para el ejercicio de los recursos con cargo al ramo general relativo a las provisiones salariales y económicas, con el propósito de que ese gasto público se ejerza de manera eficiente, transparente y eficaz;

Emitir el pronunciamiento que corresponda, desde el ámbito de atribuciones de la Unidad de Política y Control Presupuestario, respecto de las solicitudes que presenten las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal relacionadas con la adquisición de tecnologías de información y comunicaciones, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;

Emitir opiniones normativas a las consultas que presenten las entidades federativas en la materia relativa al gasto federalizado, respecto de las atribuciones que correspondan a la Unidad de Política y Control Presupuestario y siempre que no correspondan a las atribuciones de otra unidad administrativa de la Secretaría;

Atender, en coordinación con las direcciones generales de la Unidad de Política y Control Presupuestario, los requerimientos que las autoridades jurisdiccionales realicen en materia presupuestaria;

Establecer o modificar, en el ámbito de competencia de la Unidad de Política y Control Presupuestario y en coordinación con la Unidad Jurídica de Egresos, los modelos de contrato para la constitución de fideicomisos y mandatos públicos; convenios modificatorios, así como de los convenios de extinción o terminación de los mismos;

Integrar, revisar y someter a la aprobación superior, las propuestas o modificaciones de las normas y lineamientos específicos de control presupuestario que permitan a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal realizar acciones para lograr un cierre ordenado del ejercicio presupuestario;

Atender las consultas normativas que presenten los ejecutores de gasto en materia de cierre del ejercicio presupuestario;

Diseñar, en coordinación con otras unidades administrativas de la Unidad de Política y Control Presupuestario, los convenios y mecanismos específicos para el otorgamiento de subsidios a entidades federativas y municipios con cargo al ramo general relativo a las provisiones salariales y económicas;

Emitir opiniones normativas respecto de las consultas que presenten las dependencias y entidades en materia de viáticos y pasajes para las comisiones en el desempeño de funciones de la Administración Pública Federal, relacionadas con el ámbito de atribuciones de la Unidad de Política y Control Presupuestario, y

Proponer a la persona titular de la Unidad de Política y Control Presupuestario el proyecto de disposiciones específicas para los gastos de servicios de seguridad a que se refiere el artículo 6, apartado B, fracción V, de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos, de conformidad con lo que se establezca en el Presupuesto de Egresos de la Federación y en el manual de percepciones de los servidores públicos de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

La Coordinación de Normatividad Presupuestaria podrá ejercer las atribuciones previstas en las fracciones IV, VI, XI, XII, XIII, XVI y XVIII de este artículo.

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