CFF Art. 95. Responsables de los delitos fiscales

Son responsables de los delitos fiscales, quienes:

  1. Concierten la realización del delito.
  2. Realicen la conducta o el hecho descritos en la Ley.
  3. Cometan conjuntamente el delito.
  4. Se sirvan de otra persona como instrumento para ejecutarlo.
  5. Induzcan dolosamente a otro a cometerlo.
  6. Ayuden dolosamente a otro para su comisión.
  7. Auxilien a otro después de su ejecución, cumpliendo una promesa anterior.

Calidad de garante derivada de una disposición jurídica

Adicionado DOF 9 Diciembre 2013

  1. Tengan la calidad de garante derivada de una disposición jurídica, de un contrato o de los estatutos sociales, en los delitos de omisión con resultado material por tener la obligación de evitar el resultado típico.

Derivado de un contrato o convenio

Adicionado DOF 9 Diciembre 2013

  1. Derivado de un contrato o convenio que implique desarrollo de la actividad independiente, propongan, establezcan o lleven a cabo por sí o por interpósita persona, actos, operaciones o prácticas, de cuya ejecución directamente derive la comisión de un delito fiscal.
Traducir »
error: Content is protected !!
Close

Cart

No hay productos en el carrito.