RCFF Art. 84. Requisitos para que un tercero asuma la garantía del interés fiscal en prenda o hipoteca
 

Para que un tercero asuma la obligación de garantizar el interés fiscal por cuenta de otro en alguna de las formas a que se refiere el artículo 141, fracciones II y V del Código, deberá cumplir con los requisitos que para cada garantía se establecen en este Reglamento.

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