CFF Art. 190. Preferencia del fisco federal para adjudicarse los bienes ofrecidos en remate

Reformado DOF 28 Junio 2006

El fisco federal tendrá preferencia para adjudicarse los bienes ofrecidos en remate, en los siguientes casos:

  1. A falta de postores.
  2. A falta de pujas.
  3. En caso de posturas o pujas iguales.
  1. (Se deroga).
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