MODELOS DE SENTENCIAS DICTADAS EN JUICIOS EJECUTIVOS MERCANTILES
México, Distrito Federal, a _____ de _____ de mil novecientos _____. VISTOS para sentenciar en definitiva los presentes autos del juicio EJECUTIVO MERCANTIL promovido por _________________________ en contra de _________________________, Y;
CONSIDERANDO
I. La parte actora demandó en la vía ejecutiva mercantil de la parte demandada el pago de las prestaciones indicadas en la demanda, más los accesorios legales, fundándose en los documentos que exhibió con la demanda.
II. Se despachó ejecución y se practicó la diligencia de embargo habiéndose emplazado a la demandada en los términos de Ley. No habiendo contestado la demanda ni apuesto excepciones, se le tuvo por acusada la rebeldía y se citó a las Partes para oír sentencia.
III. Debe declararse procedente la acción ejercitada en virtud de que la parte actora se fundó en la falta de pago de los documentos mercantiles que exhibió, los cuales preconstituyen la prueba de dicha acción que no ha sido destruida por la demandada ya que no opuso excepciones, porque la naturaleza de los documentos justifica la procedencia de la vía ejecutiva mercantil. Porque dichos documentos reúnen los requisitos de los artículos 1, 5, 23, 26, 150 y 167 y demás relativos de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y el procedimiento se ha normado por los artículos 1391 a 1404 y demás relativos del Código de Comercio.
IV. Debe condenarse a la parte demandada al pago de los gastos y costas del juicio, artículo 1084 del Código de Comercio.
Por lo expuesto, es de resolverse y se resuelve:
Primero. La parte actora probó su acción y la demandada no opuso excepciones.
Segundo. Se condena a _________________________ a pagar a la actora, en el término de cinco días la cantidad de Veintiséis mil quinientos cincuenta y ocho dólares, moneda de los Estados Unidos de América, o su equivalente en moneda nacional más intereses pactados hasta la total solución del adeudo.
Tercero. Se condena a la parte demandada a pagar los gastos y costas del juicio.
Cuarto. No pagando el demandado en el plazo fijado, hágase trance y remate de los bienes embargados y con su producto pago al acreedor.
Quinto. NOTIFÍQUESE.
ASÍ, definitivamente juzgando lo resolvió y firma el C. juez Décimo Tercero de lo Civil del Distrito Federal, Licenciado _________________________. Doy fe.