MODELO DE ESCRITO DE ACLARACIÓN Y AMPLIACIÓN DE UNA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO PRESENTADA ANTES DE QUE SE ENTABLE LA LITIS CONSTITUCIONAL.

__________________________________________JUICIO DE AMPARO

__________________________________________EXP.

C. JUEZ______ DE DISTRITO EN EL ESTADO .-

P R E S E N T E .-

______________ , mexicano, mayor de edad, promoviendo el los autos del expediente al rubro indicado, ante Usted, respetuosamente comparezco para exponer:

Que por medio del presente escrito y no estando formada la litis en el presente juicio constitucional, vengo a ampliar y aclarar mi demanda de amparo en lo que respecta a los conceptos de violación en los siguientes términos:

Dice la demanda en el capítulo respectivo:

“VI.-CONCEPTOS DE VIOLACION.- 1.- Los actos que se reclaman a los responsables violan en mi perjuicio las garantías individuales consignadas en los artículos 14 y 16 parte dogmática de la Constitución Federal toda vez que de acuerdo con el citado precepto (14) a ninguna ley se dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. Nadie podrá ser privado de la vida, libertad o de sus propiedades, posesiones o derechos sino mediante juicio seguido ante los Tribunales previamente establecidos en el que se cumplan las formalidades esenciales del procedimiento y conforme a las leyes expedidas con anterioridad al hecho.

Los mismos actos reclamados contra las citadas autoridades son violatorios también en mi agravio de la diversa garantía de legalidad y seguridad jurídica a que alude el artículo 16 consitucional, ya que conforme al mismo nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motive la causa legal del procedimiento.

A la luz de los preceptos constitucionales antes mencionados, los actos reclamados carecen del requisito de fundamentación y motivación, a que las propias disposiciones constitucionales se refieren; toda vez que precisamente conforme a nuestro régimen constitucional de facultades expresamente conferidas o limitadas, cualesquier ejercicio sin fundamento del mandato de la autoridad pública constituye un exceso, dado que la potestad de las autoridades responsables termina en donde la ley que rige su ramo las faculta.

Los actos reclamados a las autoridades responsables resultan doblemente infundados y es incuestionable la violación de los artículos 119 inciso a), del Código de Procedimientos Civiles aplicado supletoriamente así como los artículos, 760 Y 761 del Código Civil ya que en tal forma se siguió el juicio hasta el periódo de alegatos, y tengo conocimiento de que se le requirió al demandado la entrega del vehículo de mi propiedad, condenandome sin haber sido oído ni vencido en juicio infringiendose lo dispuesto en los artículos 119 inciso a), 120, 121 y 122 del Código Procesal Civil, ya que conforme a la primera de las normas mencionadas debe de notificarse personalmente el emplazamiento del demandado y la primera notificación,…”

Se aclara que las normas del Código de Procedimientos Civiles para el Estado que se citan, se invocan para el supuesto de que existiera alguna orden judicial de secuestro en ejecución de sentencia derivada de algún juicio civil, del cual no tengo la menor noticia, ni base alguna para afirmar con certeza su existencia,como tampoco puedo afirmar la existencia de algún demandado, o que se le haya requerido de la entrega de un vehículo de mi propiedad.

Lo anterior se aclara para todos los efectos legales a que haya lugar.

POR TODO LO ANTES EXPUESTO Y FUNDADO A USTED C. JUEZ ATENTAMENTE SOLICITO:

UNICO.- Se tenga por hecha la aclaración y ampliación de demanda contenida en el presente escrito y en su oportunidad se resuelva conforme a derecho.

PROTESTO LO NECESARIO

F E C H A

F I R M A

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