MODELO DE AMPARO INDIRECTO CONTRA LA CONCIGNACION DE ACTA DE AVERIGUACION PREVIA SIN REUNIR LOS REQUISITOS DEL ARTICULO 16 CONSTITUCIONAL.

NOTA:

Algunos Jueces de Distrito sostienen el criterio, muy arraigado por cierto, de que el amparo contra la consignación de acta de averiguación previa es IMPROCEDENTE porque la acción penal, dicen es discrecional, criterio erróneo y que equivale a pensar también que el Ministerio Público está sustraído en sus actos al imperio de la ley.

Es cierto que la acción penal es discrecional, pero no debe ser arbitraria y contraria a la ley y el Ministerio Público debe sujetar sus actos a lo dispuesto por el artículo 16 constitucional para ejercitar o no la dicha acción penal.

Concluyendo decimos que el amparo contra la consignación de acta de averiguación previa sí es procedente y tiempo es ya que rompamos con el añejo tabú del Poder Judicial Federal, lo que redundará en beneficio de la sociedad mexicana y pondrá un coto a los abusos del Ministerio Público en toda la República.

QUEJOSO:

Amparo indirecto.

C. JUEZ DE DISTRITO DEL DISTRITO FEDERAL EN MATERIA PENAL EN TURNO.

por mi propio derecho, señalado como domicilio para oír notificaciones de esta ciudad, autorizando para oírlas en términos del artículo 27 de la Ley de Amparo al C. Lic., ante usted con todo respeto comparezco y expongo:

Vengo a pedir el amparo y protección de la Justicia federal en contra de las autoridades y actos que enseguida enumero, por lo que ajustándome a los preceptos que rigen el presente juicio de garantías, expreso:

I.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL QUEJOSO: Ya se indicaron.

II.- NOMBRE Y DOMICILIO DEL TERCERO PERJUDICADO: No existe.

III.- AUTORIDADES RESPONSABLES: Señalo como autoridad responsable al C. Agente del Ministerio Público, y con domicilio en de esta ciudad.

IV.- ACTOS RECLAMADOS: La posible consignación del acta de averiguación previa número al Juzgado de lo Penal en turno.

V.- GARANTIAS VIOLADAS: Las contenidas en el artículo 16 de la Constitución Federal.

VI.- FUNDAMENTO DE LA DEMANDA: Artículos 1o., 5, 27, 144, 146 y demás relativos de la Ley de Amparo, 16 de la Constitución Federal.

VII.- PROTESTA: Bajo protesta de decir verdad, manifiesto que los hechos y abstenciones que constituyen los antecedente de los actos reclamados son ciertos.

ANTECEDENTES

1.- Ante la mesa número _________ del Sector Central de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, el señor, presentó en mi contra denuncia de hechos, imputándome la comisión del delito de allanamiento de morada, hechos, que sucedieron el día

2.- El día que sucedieron los hechos estuve arrestado en la Armada de México en el domicilio ubicado en oficinas en las que presto mis servicios como marinero de infantería de marina, como lo acredito con la boleta de arresto que exhibo y con la certificación que presentaré en el momento procesal oportuno.

CONCEPTOS DE VIOLACION

UNICO: La responsable viola en mi perjuicio las garantías de legalidad y seguridad consagradas en el artículo 16 de la Constitución Federal porque trata de causarme molestias sin que se funde ni motive la causa legal del procedimiento y sin que la denuncia de hechos imputativa hacia mi persona esté apoyada por declaración de personas dignas de fe o por otros datos que hagan probable mi responsabilidad en la comisión de los hechos relatados en la denuncia.

En efecto, tengo conocimiento que los testigos de cargo que presento en mi contra el denunciante, uno de ellos de nombre tiene antecedentes penales por su participación en múltiples robos que ha cometido, estando inclusive purgando algunas condenas en el Reclusorio Oriente del Distrito Federal y el otro de nombre es un ebrio consuetudinario y comensal habitual del denunciante, como se comprobará en la secuela del presente juicio de garantías.

Por otra parte, si estuve arrestado por setenta y dos horas en las oficinas del lugar en donde trabajo, es improbable que yo hubiera estado en el lugar de los hechos delictuosos que narra el denunciante, no pudiendo estar en los lugares a la misma hora y lugar.

En conclusión no teniendo los testigos la calidad de personas dignas de fe ni existir datos suficientes que hagan probable mi responsabilidad, antes por el contrario existen datos que la hacen improbable, es improcedente que se haga la consignación del acta de averiguación previa al C. Juez de lo Penal del Distrito Federal en turno como lo pretende la autoridad señalada como responsable.

SUSPENSION PROVISIONAL Y DEFINITIVA

Solicito se me conceda la suspensión provisional de los actos reclamados y se me expida copia certificada del auto en que se me conceda, autorizando para recibirla al C. Lic.

Por lo expuesto,

A USTED C. JUEZ, ATENTAMENTE PIDO SE SIRVA:

PROVEER CONFORME A DERECHO.

PROTESTO LO NECESARIO.

México, D.F., a

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