Artículo 22. Los derechos por la prestación de servicios consulares se pagarán como sigue:

Actuaciones matrimoniales …………….. $1,030.97

Legalización de firmas o sellos ………………. $875.34

Visas de:

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022

Visados a certificados de análisis, de libre venta y médicos, por cada uno ………. $1,050.40

(Se deroga).

(Se deroga).

Reformado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización y expedición de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros ………………………………………………………………………………………… $875.34

(Se deroga).

Reformado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización y expedición de la visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas de larga duración ……………………… $572.46

Adicionado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

Cuando las visas a que se refiere la presente fracción sean solicitadas a través de medios electrónicos $174.62

Los derechos por la expedición de las visas ordinarias en pasaportes extranjeros a que se refiere el inciso d) de esta fracción, podrán exentarse cuando por acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en consideración a aspectos de reciprocidad internacional o en forma unilateral con el fin de estimular el turismo y los intercambios comerciales o culturales, lo estime conveniente.

Expedición de certificados de:

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022

Pasavantes o patentes provisionales de navegación, por cada uno ……………… $4,396.46

Matrícula consular a mexicanos, por cada una …………….. $661.46

Importación de psicotrópicos y estupefacientes ………………. $1,498.68

Copia certificada de actas del registro civil, por cada una ……………….. $311.14

De los que se expiden a petición de parte, por cada uno ……………….. $1,497.80

Lista de menaje de casa a mexicanos ………………….. $2,291.92

Lista de menaje de casa a extranjeros ……………….. $3,070.34

Los derechos por la expedición de menajes de casa a extranjeros, podrán exentarse o reducirse por acuerdo de la Secretaría de Relaciones Exteriores, en consideración a aspectos de reciprocidad internacional.

(Se deroga).

Cuando los servicios a que se refiere este artículo, sean prestados en territorio nacional, se pagará el 50% de los derechos correspondientes.

Adicionado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

No pagarán el derecho a que se refiere esta fracción, las personas extranjeras que soliciten la visa de Visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas, cuando sean consideradas víctimas o acrediten ser familiares de personas extranjeras desaparecidas en territorio nacional, o por causas humanitarias, con base en la Ley General de Víctimas, la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, demás legislación nacional y en los tratados internacionales de los que México es parte.

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2do. de la Ley del Servicio Exterior Mexicano, con excepción de los que sean prestados en territorio nacional.

Artículo 23. Los derechos por la prestación de servicios notariales en las oficinas consulares mexicanas, se pagarán conforme a las siguientes cuotas:

Por la renuncia de derechos hereditarios ………………… $2,781.82

Por los mandatos o poderes, así como la revocación de los mismos:

Generales o especiales otorgados por personas físicas ………… $2,781.82

Generales o especiales otorgados por personas morales ………………… $4,182.47

Por cada testamento público abierto ……………….. $7,120.04

Por la expedición de subsecuentes Testimonios, por hoja ………….. $174.98

Derogado DOF 18 Noviembre 2015

(Se deroga).

Derogado DOF 18 Noviembre 2015

(Se deroga).

Reformado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

Por las autorizaciones que otorguen las personas que ejerzan la patria potestad o la tutela sobre niñas, niños y adolescentes o incapaces ………………………………………………………………………….. $1,069.87

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Por otras certificaciones distintas a las señaladas en el artículo 22 de esta Ley ……….. $275.53

Siempre que una escritura notarial contenga diversos contratos o actos, los derechos se fijarán por cada uno de los contratos o actos principales y en un 50% por los accesorios y complementarios.

En los casos en que de conformidad con la Ley del Notariado para el Distrito Federal, el Cónsul tenga que poner en las escrituras la anotación de “No pasó”, se pagará íntegramente el valor de los derechos; pero si esa escritura se repite ante el mismo Cónsul, por la nueva escritura se pagará únicamente el 50% de los mismos.

Adicionado DOF 14 Noviembre 2022

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2023

Los mexicanos que deseen obtener testamento público abierto en una oficina consular en el extranjero, pagarán el 50% de la cuota establecida en la fracción III del presente artículo.

Los derechos que se obtengan por concepto de las fracciones anteriores se destinarán a la integración del fondo a que se refiere la fracción XI del artículo 2do. de la Ley del Servicio Exterior Mexicano.

Artículo 23-A. (Se deroga).

Artículo 24. No se pagarán derechos por los siguientes servicios consulares:

La legalización de firmas de documentos:

Cuando sean relacionados con asuntos penales.

A solicitud de dependencias del Ejecutivo Federal, siempre que lo requieran para algún procedimiento que recaiga en el ámbito de su competencia.

Las que soliciten estudiantes extranjeros para realizar sus estudios en territorio nacional, en caso de reciprocidad del país del que son nacionales.

Los que soliciten indigentes de nacionalidad mexicana, para su repatriación, la de su familia y sus bienes.

Reformado DOF 24 Diciembre 2007

Los que soliciten los pensionados para justificar su situación legal en el país en que residan o para comprobar su existencia física ante las autoridades mexicanas que así lo requieran.

Reformado DOF 18 Noviembre 2015

El registro de nacimientos y la expedición de la primera copia certificada del acta, así como el registro de defunciones y las copias certificadas de este último, en casos de protección consular.

El visado a los permisos de tránsito y certificado de embalsamamiento de cadáveres.

Adicionado DOF 11 Diciembre 2013

Por la expedición del certificado de lista de menaje de casa para miembros del servicio exterior mexicano.

Por la expedición del certificado de lista de menaje de casa, a los nacionales repatriados por no haber reunido los requisitos solicitados por las autoridades para su legal estancia en los Estados Unidos de América.

Para efectos de la presente exención, será necesario que el repatriado presente el documento con el que se acrediten las circunstancias antes citadas, emitido por la autoridad estadounidense correspondiente y avalado por la representación consular mexicana.

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022

La compulsa de documentos, para el trámite de:

Pasaportes

Matrículas Consulares

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022

Cartillas de identificación del Servicio Militar, así como para los servicios relacionados con el Servicio Militar.

Trámites de Nacionalidad

Adicionado DOF 27 Diciembre 2006

Actuaciones del Registro Civil.

Adicionado DOF 7 Diciembre 2016

Credenciales para Votar en el Extranjero.

Por la expedición de los certificados de presunción de nacionalidad mexicana.

Artículo 24-A. (Se deroga).

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