Artículo 27. (Se deroga).

Derogado DOF 7 Diciembre 2016

Artículo 28. (Se deroga).

Artículo 29. Por los siguientes servicios que presta la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y sociedades valuadoras de acciones de sociedades de ….. $39,323.48

Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras de sociedades de inversión, sociedades distribuidoras de acciones de sociedades de inversión y sociedades valuadoras de acciones de sociedades de inversión: ……. $404,419.33

Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades operadoras exclusivamente de sociedades de inversión de capitales o de sociedades de inversión de objeto limitado: … $354,041.06

Por el estudio y trámite de la solicitud para la inversión en sociedades inmobiliarias y empresas de servicios auxiliares o complementarios: ……. $39,323.48

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de una institución calificadora de valores: …. $34,821.09

Por la autorización de una institución calificadora de valores: ………… $404,419.33

Reformado DOF 24 Diciembre 2007

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto limitado: ……….. $32,453.60

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de uniones de crédito: ………. $34,821.06

Adicionado DOF 27 Diciembre 2006

Por la autorización para la constitución y operación de uniones de crédito: …… $358,113.55

Por cualquier certificación que se expida relativa al Registro Nacional de Valores: ……. $677.32

Reformado DOF 18 Noviembre 2010

Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la constitución y operación de las Federaciones a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular ……………….. $54,089.79

Reformado DOF 18 Noviembre 2010

Por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para la constitución y operación de sociedades financieras populares, sociedades financieras comunitarias con niveles de operación I a IV y Organismos de Integración Financiera Rural a que se refiere la Ley de Ahorro y Crédito Popular ………………… $32,453.87

El derecho a que se refiere esta fracción se pagará también por el estudio y trámite de la solicitud y, en su caso, autorización para realizar operaciones de ahorro y préstamo, de sociedades cooperativas de ahorro y préstamo a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo.

Adicionado DOF 27 Diciembre 2006

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de casas de bolsa: ………. $34,821.06

Por la autorización para la constitución y operación de casas de bolsa: ……………. $504,945.72

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores: …………….. $34,821.06

Por la autorización para la constitución y operación de sociedades que administran sistemas para facilitar operaciones con valores: ……. $358,113.55

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de proveedores de precios: ……. $34,821.06

Por la autorización para la constitución y operación de proveedores de precios: ….. $358,113.55

Por el estudio y trámite de la solicitud para obtener el reconocimiento como organismo autorregulatorio: ……. $50,494.57

Reformado DOF 13 Noviembre 2008

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para el establecimiento de oficinas de representación de entidades financieras del exterior: …… $30,296.74

Adicionado DOF 24 Diciembre 2007

Por la autorización para la constitución y funcionamiento de sociedades de inversión de renta variable, en instrumentos de deuda, de capitales y de objeto limitado: ….. $62,456.06

Adicionado DOF 24 Diciembre 2007

Por la autorización para el inicio de operaciones de casas de bolsa: ……. $1,554,793.72

Adicionado DOF 13 Noviembre 2008

Por el estudio y trámite de la solicitud de autorización para la constitución y operación de instituciones de banca múltiple: ….. $62,203.44

Adicionado DOF 13 Noviembre 2008

Por la autorización para la constitución y operación de instituciones de banca múltiple: ……. $914,756.74

Adicionado DOF 13 Noviembre 2008

Por la autorización para el inicio de operaciones de instituciones de banca múltiple: …….. $2,927,221.56

Adicionado DOF 11 Diciembre 2013

Por el estudio, trámite y, en su caso, emisión o renovación del dictamen técnico en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139, 148 Bis o 400 Bis del Código Penal Federal, que soliciten los centros cambiarios, transmisores de dinero y sociedades financieras de objeto múltiple no reguladas para obtener su registro: …………. $30,240.64

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

Por la solicitud, análisis y, en su caso, aprobación para que una sociedad financiera de objeto múltiple sea considerada como entidad regulada, en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito: …………………. $35,089.70

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

Por la solicitud, análisis y, en su caso, inscripción en el registro para actuar como asesor en inversiones en términos de la Ley del Mercado de Valores: ……………………. $39,627.51

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

Por la solicitud, análisis y, en su caso, inscripción o renovación en el registro para actuar como centro cambiario o transmisor de dinero, en términos de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito: ……………………… $2,925.73

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores externos independientes y demás profesionales, así como a los oficiales de cumplimiento, que presten sus servicios a las entidades y personas sujetas a la supervisión de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal: ……………………………. $15,872.08

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

Por la solicitud, análisis y, en su caso, la certificación o renovación de los auditores y demás profesionales, que coadyuven con la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, cuando ésta los contrate, para la verificación del cumplimiento de las leyes financieras y de las disposiciones que emanen de ellas en materia de prevención, detección y reporte de actos, omisiones u operaciones que pudiesen ubicarse en los supuestos de los artículos 139 Quáter o 400 Bis del Código Penal Federal: …………………………… $15,872.08

Derogado DOF 27 Diciembre 2006

(Se deroga último párrafo).

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Artículo 29-A. Por el estudio y la tramitación de cualquier solicitud de inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores que lleva la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y la autorización de oferta pública, se pagarán los derechos correspondientes conforme a las siguientes cuotas:

Solicitud de inscripción o actualización de la misma y/o autorización de oferta pública: …….. $28,737.81

No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción, cuando en términos del primer párrafo del artículo 93 de la Ley del Mercado de Valores, se solicite la inscripción genérica de instrumentos de deuda en el Registro Nacional de Valores.

Solicitud de autorización de difusión de información con fines de promoción, comercialización o publicidad sobre valores, dirigida al público en general: ……. $28,737.81

No se pagarán los derechos a que se refiere esta fracción, cuando la solicitud se presente conjuntamente con la autorización señalada en la fracción I de este artículo.

Artículo 29-B. Por la inscripción de valores en el Registro Nacional de Valores, se pagará el derecho que corresponda conforme a lo siguiente:

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Inscripción inicial o ampliación de la misma:

Tratándose de acciones:

Emitidas por Sociedades Anónimas Bursátiles:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.7 al millar del capital contable de la emisora sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: …….. $4,573,783.67

Emitidas por Sociedades Anónimas Promotoras de Inversión Bursátil:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.35 al millar del capital contable de la emisora sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: …….. $2,286,891.83

Adicionado DOF 24 Diciembre 2007

Emitidas por sociedades controladoras de grupos financieros, instituciones de crédito, casas de bolsa, casas de cambio, almacenes generales de depósito, arrendadoras financieras, empresas de factoraje financiero, sociedades financieras de objeto limitado, sociedades financieras de objeto múltiple y demás entidades financieras autorizadas:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.7 al millar del capital contable de la emisora sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: ………. $4,573,783.67

Tratándose de títulos de crédito o valores inscritos que otorguen a sus titulares derechos de crédito, de propiedad o de participación sobre bienes o derechos muebles o inmuebles y otros valores:

Con vigencia mayor a un año:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.7 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: ….. $4,573,783.67

Con vigencia igual o menor a un año, distintos a los señalados en el numeral 3 de este inciso:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.5 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar en el primer año contado a partir de la obtención de la autorización por programa excedan de: ………… $1,280,659.43

En el caso de títulos suscritos o emitidos por instituciones de crédito representativos de un pasivo a su cargo, por tipo de valor, con vigencia igual o menor a un año:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.27 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de:. $1,280,659.43

Tratándose de acciones de sociedades de inversión:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

1.6 al millar respecto del monto total del capital social mínimo fijo.

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Tratándose de títulos opcionales emitidos por sociedades anónimas incluyendo casas de bolsa, instituciones de crédito y filiales de entidades financieras del exterior del mismo tipo:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.5 al millar respecto al monto total de las primas de emisión sin que los derechos a pagar excedan de: …. $4,573,783.67

Tratándose de valores con plazo mayor a un año emitidos por entidades paraestatales de la Administración Pública Federal y/o valores fiduciarios en los que dichas entidades actúen exclusivamente en su carácter de fideicomitentes o fideicomisarios:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.7 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: ……… $4,573,783.67

Tratándose de valores emitidos por las entidades federativas y municipios, así como por los organismos descentralizados de las entidades federativas o municipios o valores fiduciarios en los que dichas personas morales actúen exclusivamente en su carácter de fideicomitentes o fideicomisarios:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.7 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: ……. $4,573,783.67

Reformado DOF 27 Diciembre 2006

Tratándose de certificados, pagarés y otros valores emitidos o garantizados por el Gobierno Federal, en términos del artículo 93 de la Ley del Mercado de Valores, por tipo de valor:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.27 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de: ….. $1,280,659.43

Tratándose de bonos de regulación monetaria emitidos por el Banco de México:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.27 al millar del monto emitido por tipo de valor y en proporción a su plazo sin que los derechos a pagar por este concepto en un ejercicio excedan de: …. $1,280,659.43

Tratándose de emisores de valores que mantengan inscritos valores de los señalados en los incisos a) o b) numeral 1, en sustitución de la cuota de inscripción inicial o ampliación señalada en dichos incisos:

Con vigencia mayor a un año:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.35 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de ………. $4,573,783.67

En el caso de programas de emisión o emisiones con vigencia igual o menor a un año, efectuadas o no al amparo de cada programa:

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

0.27 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por año excedan de: …… . $1,280,659.43

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

Tratándose de emisoras de valores que al momento de obtener la autorización del programa de emisiones de corto plazo mantengan inscritos exclusivamente valores de los señalados en el inciso b), numeral 2, de esta fracción en sustitución de la cuota de inscripción o ampliación señalada en dicho inciso, por las emisiones con vigencia igual o menor a un año efectuadas o no al amparo de cada programa, 0.27 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: …. $1,280,659.43

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

Tratándose de la inscripción o ampliación de títulos de crédito que representen acciones inscritas en el Registro Nacional de Valores, se pagará una cuota de 0.3 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de: …… $4,573,783.67

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

Tratándose de la inscripción o ampliación de valores fiduciarios sobre bienes distintos de acciones, cuyo activo principal se encuentre respaldado por valores inscritos en el Registro Nacional de Valores, se pagará una cuota de 0.27 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de:…….. $1,280,659.43

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

Tratándose de títulos fiduciarios y demás valores emitidos al amparo de fideicomisos sobre bienes distintos de acciones:

Con vigencia mayor a un año:

0.9 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de………….. $4,573,783.67

En el caso de programas de emisión o emisiones con vigencia igual o menor a un año, efectuadas o no, al amparo de cada programa:

0.65 al millar sobre el monto emitido sin que los derechos a pagar por año excedan de: …………. $1,280,659.43

Adicionado DOF 28 Noviembre 2008

Tratándose de títulos fiduciarios y demás valores emitidos al amparo de fideicomisos, sobre bienes distintos de acciones en los que el fideicomitente o fideicomisario mantenga inscritos otros valores de los señalados en los incisos a), b), numeral 1, e) o f), de esta fracción, en sustitución de la cuota de inscripción inicial o ampliación señalada en el inciso m), numerales 1 y 2, anterior:

Con vigencia mayor a un año:

0.45 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por este concepto excedan de:…… $4,573,783.67

En el caso de programas de emisión o emisiones con vigencia igual o menor a un año, efectuados o no, al amparo de cada programa:

0.35 al millar del monto emitido, sin que los derechos a pagar por año excedan de: ……… $1,280,659.43

Adicionado DOF 28 Noviembre 2008

ñ. Tratándose de títulos fiduciarios y demás valores emitidos al amparo de fideicomisos sobre bienes distintos de acciones, de corto plazo, en los que el fideicomitente o fideicomisario al momento de obtener la autorización del programa de emisión de corto plazo mantenga inscritos exclusivamente valores de los señalados en el inciso b), numeral 2, de esta fracción, por las emisiones con vigencia igual o menor a un año efectuadas o no al amparo de cada programa, 0.35 al millar del monto emitido sin que los derechos a pagar por año excedan de: …………… $1,280,659.43

(Se deroga último párrafo).

Derogado DOF 27 Diciembre 2006

(Se deroga).

Cualquier canje de acciones que no implique un aumento en el monto de capital social inscrito, o de títulos de deuda con objeto de actualizar o modificar los datos de inscripción por concepto de capitalización de intereses, el otorgamiento o liberación de garantías, así como la sustitución de fiduciario en el caso de certificados de participación, no causarán derecho alguno por concepto de registro.

Reformado DOF 28 Noviembre 2008

Inscripción preventiva de acciones en el Registro Nacional de Valores: ……… $18,295.14

La cuota señalada en esta fracción, se bonificará al 100% contra la cuota que corresponde a la inscripción inicial en el Registro Nacional de Valores, una vez que se sustituya la inscripción preventiva por la inicial.

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