Artículo 77. Por la recepción, estudio y trámite de cada notificación de concentración a que se refiere la Ley Federal de Competencia Económica, cualquiera que sea la resolución que emita la Comisión Federal de Competencia Económica, se pagarán derechos conforme a la cuota de ………………………. $227,240.86
Adicionado DOF 12 Noviembre 2021
Decreto vigente a partír del 01 Enero 2022
Por el estudio, trámite y, en su caso, la autorización del Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica de la concentración no notificada, también se pagará el derecho previsto en el primer párrafo.
Adicionado DOF 18 Noviembre 2015
Artículo 77-A. Los ingresos que se obtengan por la recaudación del derecho a que se refiere el artículo anterior, se destinarán a la Comisión Federal de Competencia Económica.