Ley de Carrera Judicial del Poder Judicial de la Federación |
Leyes administrativas |
Artículo 10. Categorías. La Carrera Judicial está integrada por las siguientes categorías:
- Magistrada o Magistrado de Circuito;
- Jueza o Juez de Distrito;
- Secretaria o Secretario General de Acuerdos de la Suprema Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
- Subsecretaria o Subsecretario General de Acuerdos de la Suprema Corte o de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
- Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta de Ministra o Ministro; Secretaria o Secretario de Estudio y Cuenta, así como Instructor o Instructora de la Sala Superior del Tribunal Electoral;
- Secretario o Secretaria de Acuerdos de Sala;
- Subsecretaria o Subsecretario de Acuerdos de Sala;
- Secretaria o Secretario de Tribunal de Circuito; Secretario o Secretaria de Estudio y Cuenta de las Salas Regionales del Tribunal Electoral;
- Asistente de constancias y registro de tribunal de alzada;
- Secretario o Secretaria Proyectista de Tribunal de Circuito;
- Secretario o Secretaria de Juzgado de Distrito;
- Asistente de constancias y registro de Juez de control o Juez de enjuiciamiento; así como los Secretarios o Secretarias instructores, de constancias, de audiencias, de acuerdos, de diligencias y de instrucción de los juzgados laborales;
- Secretaria o Secretario Proyectista de Juzgado de Distrito;
- Actuaria o Actuario del Poder Judicial de la Federación, y
- Oficial judicial.
Las categorías señaladas en las fracciones VIII, IX y X son equivalentes en rango y se encuentran por encima de las categorías precisadas en las fracciones XI, XII y XIII, que también son equivalentes entre sí.