CFF Art. 81. Infracciones a pagos, avisos, declaraciones, solicitudes, informes y constancias

Reformado DOF 18 Noviembre 2015

Son infracciones relacionadas con la obligación de pago de las contribuciones; de presentación de declaraciones, solicitudes, documentación, avisos, información o expedición de constancias, y del ingreso de información a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria:

No presentar declaraciones, solicitudes, avisos, constancias o medios electrónicos

  1. No presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos o las constancias que exijan las disposiciones fiscales, o no hacerlo a través de los medios electrónicos que señale la Secretaría de Hacienda y Crédito Público o presentarlos a requerimiento de las autoridades fiscales. No cumplir los requerimientos de las autoridades fiscales para presentar alguno de los documentos o medios electrónicos a que se refiere esta fracción, o cumplirlos fuera de los plazos señalados en los mismos.

Declaraciones, solicitudes con errores

Reformado DOF 9 Diciembre 2019

  1. Presentar las declaraciones, las solicitudes, los avisos, la información a que se refiere el artículo 17-K de este Código, o expedir constancias, incompletos, con errores o en forma distinta a lo señalado por las disposiciones fiscales, o bien cuando se presenten con dichas irregularidades, las declaraciones o los avisos en medios electrónicos. Lo anterior no será aplicable tratándose de la presentación de la solicitud de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes.

No pagar contribuciones dentro del plazo

  1. No pagar las contribuciones dentro del plazo que establecen las disposiciones fiscales, cuando se trate de contribuciones que no sean determinables por los contribuyentes, salvo cuando el pago se efectúe espontáneamente.

No efectuar pagos provisionales

  1. No efectuar en los términos de las disposiciones fiscales los pagos provisionales de una contribución.

No proporcionar la información

Reformado DOF 01 Octubre 2007

  1. No proporcionar la información de las personas a las que les hubiera entregado cantidades en efectivo por concepto de subsidio para el empleo de conformidad con las disposiciones legales que lo regulan, o presentarla fuera del plazo establecido para ello.

No presentar aviso de cambio de domicilio

  1. No presentar aviso de cambio de domicilio o presentarlo fuera de los plazos que señale el Reglamento de este Código, salvo cuando la presentación se efectúe en forma espontánea.

Infracción por no presentar información manifestado la determinacion del impuesto

Reformado DOF 28 Junio 2006

  1. No presentar la información manifestando las razones por las cuales no se determina impuesto a pagar o saldo a favor, por alguna de las obligaciones que los contribuyentes deban cumplir de conformidad con lo dispuesto por el artículo 31, sexto párrafo de este Código.

Información de fabricantes y distribuidores de autos y contribuyentes del IEPS

  1. No presentar la información a que se refieren los artículos 17 de la Ley del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos o 19, fracciones VIII, IX y XII, de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, dentro del plazo previsto en dichos preceptos, o no presentarla conforme lo establecen los mismos.

No proporcionar la información en los plazos legales

Reformado DOF 12 Diciembre 2011

  1. No proporcionar la información a que se refiere el artículo 20, décimo primer párrafo de este Código, en los plazos que establecen las disposiciones fiscales.

No proporcionar impreso el comprobante electrónico

Reformado DOF 7 Diciembre 2009

  1. No cumplir, en la forma y términos señalados, con lo establecido en la fracción IV del artículo 29 de este Código.

Infracción por no incluir a todas las sociedades integradas

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No incluir a todas las sociedades integradas en la solicitud de autorización para determinar el resultado fiscal integrado que presente la sociedad integradora en términos del artículo 63, fracción III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o no incorporar a todas las sociedades integradas en los términos del último párrafo del artículo 66 de dicha Ley.

No presentar los avisos de incorporación o desincorporación al régimen opcional

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No presentar los avisos de incorporación o desincorporación al régimen opcional para grupos de sociedades en términos de los artículos 66, cuarto párrafo y 68, quinto párrafo, de la Ley del Impuesto sobre la Renta o presentarlos en forma extemporánea.

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. (Se deroga).

Omisión de informes de operaciones a través de fideicomisos

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar la información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales, de conformidad con el artículo 76, fracción XIII de la Ley del Impuesto sobre la Renta, según sea el caso.

Derogado DOF 9 Diciembre 2013

  1. (Se deroga).

Declaración informativa de IVA retenido

Reformado DOF 28 Junio 2006

  1. No proporcionar la información a que se refiere la fracción V del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores.

No presentar informativa de las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Vigente a partir del 01 Enero 2022

  1. No presentar la declaración informativa de las operaciones efectuadas con partes relacionadas durante el año de calendario inmediato anterior, de conformidad con los artículos 76, fracción X y 110, fracción X de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla incompleta o con errores.

Omisión de informes de IEPS

Reformado DOF 5 Enero 2004

  1. No proporcionar la información a que se refiere el artículo 19, fracciones II, tercer párrafo, XIII y XV de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Omisión de informes de control físico del volumen

Reformado DOF 5 Enero 2004

  1. No proporcionar la información a que se refiere el artículo 19, fracciones X y XVI de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

No presentar constancia de residente en el extranjero

Adicionado DOF 5 Enero 2004

  1. No presentar el aviso a que se refiere el último párrafo del artículo 9o. de este Código.

Inscripción en los padrones del IEPS

Reformado DOF 5 Enero 2004

  1. No registrarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19, fracciones XI y XIV de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

No proporcionar la información del interés real

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar la información relativa del interés real pagado por el contribuyente en el ejercicio de que se trate por créditos hipotecarios, en los términos de la fracción IV del artículo 151 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

No informar de ventas a maquiladoras y empresas PITEX

  1. No proporcionar la información a que se refiere el penúltimo párrafo de la fracción VIII del artículo 29 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado o presentarla incompleta o con errores.

No proporcionar la constancia de los intereses pagados

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar la constancia a que se refiere la fracción II del artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

No contar con controles volumétricos y mantenerlos en todo momento en operación

Reformado DOF 12 Noviembre 2021

Vigente a partir del 01 Enero 2022

  1. No dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 28, fracción I de este Código.

Se considera que se actualiza la infracción a que se refiere el párrafo anterior, en relación con el citado artículo en su fracción I, apartado B de este Código, cuando se dé cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. No contar con el dictamen que determine el tipo de hidrocarburo o petrolífero de que se trate, el poder calorífico del gas natural y el octanaje en el caso de gasolina; o el certificado que acredite la correcta operación y funcionamiento de los equipos y programas para llevar los controles volumétricos a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
  2. Registrar en los controles volumétricos un tipo de hidrocarburo o petrolífero que difiera de aquél que realmente corresponda y sea detectado y determinado por el Servicio de Administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades, o del señalado en los comprobantes fiscales.

Tratándose de las gasolinas, registrar en los controles volumétricos un octanaje que difiera de aquél que realmente corresponda y sea detectado y determinado por el Servicio de Administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades, o del señalado en los comprobantes fiscales.

  1. No contar con los equipos y programas informáticos para llevar los controles volumétricos referidos en el artículo 28, fracción I, apartado B de este ordenamiento, o contando con éstos, no los mantenga en operación en todo momento, los altere, inutilice o destruya.
  2. No contar con los controles volumétricos de hidrocarburos o petrolíferos a que hace referencia el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código, o contando con éstos, los altere, inutilice o destruya.
  3. No enviar al Servicio de Administración Tributaria los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
  4. No enviar al Servicio de Administración Tributaria los reportes de información en la periodicidad establecida a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
  5. Enviar al Servicio de Administración Tributaria reportes de información de forma incompleta, con errores, o en forma distinta a lo señalado por el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.
  6. No generar o conservar los reportes de información a que se refiere el artículo 28, fracción I, apartado B de este Código.

Retención, acreditamiento y traslado de impuesto

Adicionado DOF 28 Junio 2006

  1. No proporcionar la información a que se refiere la fracción VIII del artículo 32 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores.

Información por la federación, Estados y Municipios

  1. No proporcionar la información a que se refiere el artículo 32-G de este Código, a través de los medios, formatos electrónicos y plazos establecidos en dicha Ley, o presentarla incompleta o con errores.

Comunicación de salarios de varios patrones

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No cumplir con la obligación a que se refiere la fracción IV del artículo 98 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Claves de prestatarios de servicios públicos

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar la información señalada en el artículo 30-A de este Código o presentarla incompleta o con errores.

Reestructuración de sociedades

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar o proporcionar de forma extemporánea la documentación comprobatoria que ampare que las acciones objeto de la autorización a que se refiere el artículo 161 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, no han salido del grupo de sociedades o no presentar o presentar en forma extemporánea la información o el aviso a que se refieren los artículos 262, fracción IV y 269 del Reglamento de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Oro, efectivo, donativos y otros

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No proporcionar la información a que se refieren los artículos 76, fracción XV, 82, fracción VII, 110, fracción VII, 118, fracción V y 128 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla en forma extemporánea.

Reformado DOF 9 Diciembre 2013

  1. (Se deroga).

Derogado DOF 12 Diciembre 2011

  1. (Se deroga)

Datos solicitados por actos de fiscalización

Adicionado DOF 7 Diciembre 2009

  1. No proporcionar los datos, informes o documentos solicitados por las autoridades fiscales conforme a lo previsto en el primer párrafo del artículo 42-A de este Código.

Derogado DOF 9 Diciembre 2013

  1. (Se deroga).

Adicionado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 82, fracción III y penúltimo párrafo, inciso a), de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Adicionado DOF 9 Diciembre 2013

  1. No cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 82, fracción III y penúltimo párrafo, inciso b), de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Adicionado DOF 9 Diciembre 2013

  1. Incumplir con la restricción prevista en el artículo 82, fracción II de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Reformado DOF 30 Noviembre  2016

  1. No destinar la totalidad del patrimonio o los donativos correspondientes, en los términos del artículo 82, fracción V de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

  1. No proporcionar la información a que se refieren los artículos 31-A de este Código y 76-A de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o proporcionarla incompleta, con errores, inconsistencias o en forma distinta a lo señalado en las disposiciones fiscales.

Adicionado DOF 18 Noviembre 2015

  1. No ingresar la información contable a través de la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria estando obligado a ello; ingresarla fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales, o bien, no ingresarla de conformidad con las reglas de carácter general previstas en el artículo 28, fracción IV del Código, así como ingresarla con alteraciones que impidan su lectura.

Adicionado DOF 30 Noviembre 2016

  1. No proporcionar la información a que se refiere el artículo 82-Bis de la Ley del Impuesto sobre la Renta, o presentarla incompleta o con errores.

No cumplir con las especificaciones tecnológicas

Derogado DOF 12 Noviembre 2021

Vigente a partir del 01 Enero 2022

  1. Se deroga.

Adicionado DOF 30 Noviembre 2016

  1. No cumplir con las obligaciones establecidas en el artículo 82, fracción VI de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

No al cumplimiento de información

Adicionado DOF 23 Abril 2021

Vigente a partir del 01 de Agosto 2021

  1. Cuando el contratista no cumpla con la obligación de entregar a un contratante la información y documentación a que se refieren los artículos 27, fracción V, tercer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta y 5o., fracción II, segundo párrafo de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

No cancelar los comprobantes

Adicionado DOF 12 Noviembre 2021

Vigente a partir del 01 Enero 2022

  1. No cancelar los comprobantes fiscales digitales por Internet de ingresos cuando dichos comprobantes se hayan emitido por error o sin una causa para ello o cancelarlos fuera del plazo establecido en el artículo 29-A, cuarto párrafo de este Código, y demás disposiciones aplicables.
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