ESTATUTOS DE CLUB DEPORTIVO BÁSICO

TÍTULO I

Nombre, objeto, domicilio, duración y comienzo

Artículo 1. Con arreglo a la Ley vigente en ___________________ de clubs y federaciones deportivas, se constituye en ____________________ por tiempo indefinido y sin ánimo de lucro el Club Deportivo _________________.

Artículo 2. El Club gozará de personalidad jurídica propia y distinta de la de sus socios y se regirá en todo cuanto no esté previsto en los presentes Estatutos, por la Legislación aplicable y las disposiciones de la federación de ______________ a la que se adscribe.

Artículo 3. El domicilio de sociedad se fija en ______________, calle ______________ núm. ____________ Cuenta además con ___________ (aquellos otros locales e instalaciones propias)

 Las reuniones y manifestaciones que se celebren fuera de estos recintos se regirán por las normas que regulan, con carácter general, los derechos de reunión y manifestación.

Artículo 4. El Club se constituye por tiempo indefinido y dará comienzo a sus operaciones el día del otorgamiento de la escritura de constitución.

Artículo 5. El ámbito territorial de actuación será (localidad, provincia, comunidad autónoma, o el territorio nacional)

Artículo 6. Constituye el objeto del club deportivo la promoción del __________________ (modalidad deportiva), la práctica del mismo por sus asociados, así como la participación en actividades y competiciones deportivas.

Podrá favorecerse la práctica de otras disciplinas deportivas constituyendo para ello secciones deportivas que habrán de federarse necesariamente.

TÍTULO II

Los socios

Artículo 7. Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con capacidad de obrar que tengan interés en el desarrollo de los fines de la Asociación.

Artículo 8. Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de socios:

a) Socios fundadores, que serán aquellos que participen en el acto de constitución de la Asociación.

b) Socios de número, que serán los que ingresen después de la constitución de la Asociación.

c) Socios de honor, que serán los que por su prestigio o por haber contribuido al desarrollo de la Asociación, sean nombrados por la ____________ (Junta Directiva o Asamblea General)

Artículo 9. Para adquirir la condición de socio deberá presentarse solicitud por escrito dirigida a la Junta Directiva que incluirá nombre y apellidos del solicitante, domicilio, edad _______________.

La Junta en la primera sesión estudiará y, en su caso, aprobará la admisión. El acuerdo denegatorio será impugnable ante la jurisdicción ordinaria.

La condición de socio se adquirirá desde la fecha del acuerdo de admisión.

Artículo 10. No habrá límite de socios, pero si su número pudiera poner en peligro a estos o las instalaciones podrá suspenderse temporalmente la admisión de nuevos asociados.

Artículo 11. Los asociados disfrutarán de los siguientes derechos:(p.e.)

a) Contribuir al cumplimiento de los fines específicos del Club.

b) Exigir que la actuación de la Asociación se ajuste a lo dispuesto en la Ley General de la Cultura Física y del Deporte, a sus normas de desarrollo y a las disposiciones estatutarias especificas.

c) Separarse libremente del Club.

d) Conocer las actividades de la Asociación y examinar su documentación.

e) Expresar libremente sus opiniones en el seno del Club.

f) Ser elector y elegible para los órganos de representación y gobierno, siempre que haya cumplido la edad de dieciocho años y tenga plena capacidad de obrar.

Se establece el principio de igualdad de todos los asociados, sin discriminación por razón de raza, sexo, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Artículo 12. La condición de socio conlleva de manera ineludible el cumplimiento de los siguientes deberes (p.e.)

a) Participar en la consecución de los fines sociales.

b) Sostener a la asociación con el pago de las cuotas.

c)…..

Los socios de honor tendrán las mismas obligaciones que los fundadores y de número a excepción de _________________. Asimismo, tendrán los mismos derechos a excepción de ____________________, a las asambleas podrán asistir con voz pero sin voto.

Artículo 13. Se perderá la condición de socio por ….(Voluntad del asociado, sanción, fallecimiento etc.)

TÍTULO III

Órganos de gobierno y administración

Artículo 14. El gobierno y administración del club corresponderá a:

a)La Asamblea General.

b)La Junta Directiva.

Sección 1ª

La Asamblea General

Artículo 15. El órgano supremo de gobierno del Club será la Asamblea general, que estará integrada por todos sus asociados con derecho a voto.

Artículo 16. Cuando el número de socios no exceda de dos mil, podrán intervenir todos los socios directamente.

Cuando el número de éstos exceda de dos mil, se elegirá un mínimo de treinta y tres representantes por unidad de millar o fracción y de entre ellos, por el mismo sistema de sufragio libre, igual y secreto.

Artículo 17. Los socios candidatos a representantes deberán ser presentados con quince días de antelación a la fecha de la elección, debiendo constar su aceptación.

La elección de los socios representantes será bianual, debiendo intervenir, por tanto, en todas las Asambleas generales, tanto ordinarias como extraordinarias, que se celebren en el período para el que fueron elegidos. No podrán ser elegidos para el siguiente período bianual y su asistencia a las Asambleas generales será obligatoria.

Artículo 18. Con independencia de la composición y funcionamiento de la Asamblea que se establece en estos estatutos, la elección de Presidente y demás cargos directivos del Club, se llevará a efecto mediante sufragio personal, directo y secreto de todos los socios con derecho a voto.

Artículo 19. Las Asambleas generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella, presentes o representados, la mayoría de los socios. En segunda convocatoria será suficiente la concurrencia de una cuarta parte de los asociados. Entre la fecha de la convocatoria y el día señalado para la celebración de la Asamblea en primera convocatoria habrán de mediar, como mínimo, quince días naturales.

La Asamblea General deberá ser convocada en sesión ordinaria, por lo menos, una vez al año, para la aprobación de las cuentas y presupuestos, y en sesión extraordinaria, siempre que se trate de la modificación de Estatutos, autorización para la convocatoria de elección de Junta Directiva, tomar dinero a préstamo, emisión de títulos transmisibles representativos de deuda o de parte alícuota patrimonial, enajenación de bienes inmuebles, fijación de las cuotas de los socios o cuando lo soliciten, al menos, el diez por ciento de los socios.

Los acuerdos de la Asamblea General serán adoptados por el voto favorable de la mayoría simple de los socios presentes o representados.

Artículo 20. Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:(p.e.)

a) Aprobar la gestión de la Junta Directiva.

b) Examinar y aprobar el estado de cuentas.

c) Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva sobre  las actividades de la Asociación.

d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.

f) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.

Artículo 21. Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:(p.e.)

a) Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.

b) Modificación de los Estatutos.

c) Disolución de la Asociación.

d) Disposición y enajenación de bienes.

e) Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.

f) Solicitud de declaración de utilidad pública.

Sección 2ª

La Junta Directiva

Artículo 22. La Junta Directiva, estará formada por un número de miembros __________________ al frente de la cual habrá un Presidente, y de la que formarán parte un Secretario, un Tesorero y un Vocal por cada una de las secciones deportivas federadas.

Artículo 23. Los miembros de la Junta Directiva serán elegidos mediante sufragio personal, directo y secreto de todos los socios con voto, constituidos en asamblea general convocada al efecto por el Presidente saliente.

Artículo 24. El Presidente de la Junta Directiva ostentará la representación legal del Club, actuará en su nombre y estará obligado a ejecutar los acuerdos válidamente adoptados por la Asamblea general y la Junta Directiva.

Artículo 25. Son facultades de la Junta Directiva:(p.e.)

a) Dirigir las actividades sociales y llevar la gestión económica y administrativa de la Asociación, acordando realizar los oportunos contratos y actos.

b) Ejecutar los acuerdos de la Asamblea General.

c) Elaborar y someter a la aprobación de la Asamblea General los Presupuestos anuales y estado de cuentas.

d) Elaborar el Reglamento de régimen interior que será aprobado por la Asamblea General.

e) Resolver sobre la admisión de nuevos asociados.

f) Nombrar delegados para alguna determinada actividad de la Asociación.

g) Cualquier otra facultad que no sea de la exclusiva competencia de la Asamblea General de socios.

Artículo 26. El Presidente tendrá las siguientes atribuciones:(p.e.)

Representar legalmente al Club ante toda clase de organismos públicos o privados; convocar, presidir y levantar las sesiones que celebre la Asamblea General y la Junta Directiva, dirigir sus deliberaciones; ordenar pagos y autorizar con su firma los documentos, actas y correspondencia; adoptar cualquier medida urgente necesaria para la buena marcha de la Asociación, sin perjuicio de dar cuenta posteriormente a la Junta Directiva.

Artículo 27. El Secretario tendrá a su cargo la custodia de la documentación del Club, levantará las actas de las reuniones de la Asamblea General y de la Junta Directiva, expedirá los informes y certificaciones que sean precisos y asumirá todas aquellas funciones que expresamente le deleguen.

Artículo 28. El Tesorero recaudará y custodiará los fondos pertenecientes a la Asociación y dará cumplimiento a las ordenes de pago que expida el Presidente.

Artículo 29. Los Vocales tendrán las obligaciones propias de su cargo como miembros de la Junta Directiva, y así como las que nazcan de las delegaciones o comisiones de trabajo que la propia Junta las encomiende.

Artículo 30. Las vacantes que se produzcan durante el mandato de cualquiera de los miembros de la Junta Directiva serán cubiertas provisionalmente entre dichos miembros hasta la elección definitiva por la Asamblea General Extraordinaria.

Artículo 31. Todos los cargos directivos serán completamente gratuitos.

Responderán frente a los socios, el Club o terceros por los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley y a los Estatutos o por los realizados por culpa negligencia o grave.

TÍTULO IV

Régimen disciplinario

Artículo 32. Los socios serán sancionados por cualquier incumplimiento de lo dispuesto en la Ley y en los presentes Estatutos.

Artículo 33. Serán calificados como incumplimientos leves

1.- _________________________________.

2.- _________________________________.

Artículo 34. Serán calificados como incumplimientos graves

1.-  ___________________________.

2.-  ___________________________.

Artículo 35. Serán calificadas como incumplimientos muy graves

1.- _________________________.

2.- _________________________.

Artículo 36. Las infracciones leves serán sancionadas con _______________, las graves con __________________, y las muy graves con _________________ (suelen ser la expulsión o suspensión de la condición de socio). Las sanciones se graduarán atendiendo a la gravedad del hecho

Artículo 37. Las sanciones leves prescribirán a los ________________ de su comisión, las graves a los __________________ y las muy graves a los ___________________________.

Artículo 38. El procedimiento sancionador se iniciará a instancia de parte. El Secretario incoará el expediente y procederá a comunicar al presunto infractor copia de la denuncia para que en el plazo de _____________________ pueda realizar las manifestaciones que para su defensa considere oportunas. La Junta Directiva a la vista del expediente dictará resolución. Si esta sancionara al infractor con la expulsión, la Junta acordará convocar a la Asamblea General para que ratifique o revoque la sanción.

TITULO VI

Régimen económico

Artículo 39. El patrimonio inicial está constituido por _______________________.

Artículo 40. Los recursos económicos se destinarán inexcusablemente a la consecución de los fines del Club y estarán constituidos por ________________________ ( cuotas, subvenciones, donaciones y herencias, actos económicos de todo tipo)

TÍTULO VII

Régimen documental y contable

Artículo 41. Integrarán, el régimen documental y contable del Club:

a) El libro-registro de socios, en el que deberán constar sus nombres y apellidos, documento nacional de identidad, profesión y, en su caso, cargos de representación, gobierno o administración que ejerzan en el Club. El libro-registro de socios también especificará las fechas de altas y bajas y las de toma de posesión y cese de los cargos aludidos.

b) Los libros de actas, que consignarán las reuniones que celebre la Asamblea general, la Junta Directiva y los demás órganos colegiados del Club, con expresión de la fecha, asistentes, asuntos tratados y acuerdos adoptados. Las actas serán firmadas por el Presidente y el Secretario del órgano colegiado.

c) Los libros de contabilidad en los que figurarán todos los ingresos y gastos del Club, debiendo precisarse la procedencia de aquellos y la inversión o destino de éstos.

d) El balance de situación y las cuentas de sus ingresos y gastos, que deberá formalizarse durante el primer mes de cada año y se pondrá en conocimiento de todos sus asociados.

TÍTULO VIII

Modificación de los Estatutos

Artículo 42. Los Presentes Estatutos podrán ser modificados por la Asamblea General a instancia de la Junta Directiva o de un número de _____________ socios.

Cuando la propuesta de modificación provenga de la Junta Directiva el acuerdo deberá ser adoptado por la mitad más uno de sus miembros y expresará las modificaciones que se pretendan introducir. Cuando provenga de los socios se realizará mediante escrito dirigido a la Junta Directiva y contendrá las modificaciones que pretendan introducir.

Las modificaciones se acordarán por la Junta General extraordinaria convocada al efecto.

TITULO IX

La extinción y liquidación

Artículo 42. El Club se extinguirá por las siguientes causas:

a) Por decisión de la Asamblea general.

b) Por cualquier otra causa prevista en sus Estatutos.

c) Por sentencia judicial.

d) Por las demás causas que determinen las Leyes.

Artículo 43. En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido lo destinará  a ______________________________.

FIRMAS

________________________                         _________________________

________________________                         _________________________

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