DEMANDA EJECUTIVA MERCANTIL EJERCITANDO LA VÍA DE REGRESO

C. JUEZ _________

PRESENTE

___________________, mexicano, mayor de edad, Abogado, con Número __________ de Cédula Profesional _____________ misma que tengo debidamente registrada ante esta H. Autoridad en el Libro _______________ y señalando como domicilio para oír y recibir citas y notificaciones en la Av. _______________________ de esta ciudad, y autorizando para que a mi nombre y representación gestione lo conducente oiga y reciba citas y notificaciones en el presente negocio al Sr. Licenciado ________________________ Profesionista que tiene su Cédula Número ____________ debidamente registrada ante este H. Tribunal en el Libro _____________ lo anterior con fundamento en el ARTÍCULO 1069 DEL CÓDIGO DE COMERCIO, ante Usted con el respeto que le es debido, comparezco a manifestar:

Que, soy Endosatario en Procuración del Sr. _____________________ y con tal personalidad que espero me sea reconocida en autos, vengo a demandar en la Vía Ejecutiva Mercantil al Sr. ______________________ quien tiene su domicilio en la Calle ________________ de esta ciudad ejercitando la Vía de Regreso.

A quien reclamo las siguientes prestaciones:

a)  Pago de la cantidad de ____________

b)  Pago de los intereses pactados causados y que se sigan causando, hasta la total solución del presente negocio.

c)  Pago de los gastos y costas que la tramitación del presente negocio, legalmente origine.

Fundando mi demanda en los siguientes hechos y consideraciones de Derecho aplicables.

H E C H O S

1.  Con fecha __________________ fue girado un documento de los denominados Pagarés a la orden del Sr. __________________________ y a cargo del Sr. _______________________ con fecha de vencimiento el día _________________ por la cantidad de ______________

2. Dicho documento con fecha _________________ fue endosado en propiedad a favor del Sr. ______________________ como se demuestra con el endoso respectivo que aparece al reverso de dicho documento.

3.  El citado documento no ha sido posible lograr hasta la fecha el pago total, por lo que su beneficiario me lo endosó en procuración para hacerlo efectivo por esta Vía.

D E R E C H O

La competencia de este H. Juzgado, está reglamentada por lo dispuesto por los ARTÍCULOS 1090 AL 1095 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

La acción que ejercitó es la Cambiaria de regreso que está reglamentada por los ARTÍCULOS 150 FRACCIÓN .II, Y 151 DE LA LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.

Norman el procedimiento los ARTÍCULOS DEL 1391 AL 1396, 1410 y demás relativos del CÓDIGO DE COMERCIO.

Son de aplicarse también los ARTÍCULOS 1, 5,8,23, 33, 150 FRACCIÓN II, 151, 152 y demás relativos de la LEY GENERAL DE TÍTULOS Y OPERACIONES DE CRÉDITO.

Por lo antes expuesto y fundado a usted C. Juez, atentamente solicito:

PRIMERO. Admitir mi demanda en la Vía y forma legal propuesta, requerir al demandado sobre el inmediato pago de las prestaciones reclamadas y demás consecuencias legales y en caso de que no verifique el pago en el acto de la diligencia ordenar se le embarguen bienes de su propiedad que basten a cubrir lo reclamado, los que se depositarán conforme a la Ley, emplazándolo legalmente y corriéndole traslado con las copias simples que se acompañan para que dentro del término de Ley produzca su contestación.

SEGUNDO. Reconocerme la personalidad con la que comparezco y tener por autorizado para que a mi nombre gestione lo necesario en el presente negocio al Sr. Licenciado _____________

TERCERO. En su oportunidad abrir el presente Juicio a pruebas y previos los demás trámites de Ley, y agotado que sea el procedimiento dictar Sentencia condenando al demandado al pago de lo reclamado más accesorios que se indican.

PROTESTO LO NECESARIO EN DERECHO

Lugar, fecha y firma.

NOTA.- La persona autorizada debe ser Licenciado en Derecho con Cédula Profesional debidamente registrada y comprobar su carácter en la diligencia de pruebas.

Ya que tendrá facultades para interponer recursos, intervenir en el desahogo de pruebas, realizar cualquier acto que sea necesario en defensa de la persona que lo autorizó.

Si no se cumple lo anterior no se le tendrá por autorizado con las facultades que se han indicado de conformidad con lo establecido por el ARTÍCULO 1069 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

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