CONVENIO JUDICIAL EN JUICIO, ORDINARIO MERCANTIL

CONVENIO que celebran por una parte, _____________________., en lo sucesivo la sociedad, representada por sus apoderados los señores licenciados _____________________y _____________________, y por la otra _____________________, representada por su administrador único, señor _____________________, al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:

DECLARACIONES

I.- Declaran ambas partes que el día _______ de _______ de _______ , ante la fe del Notario Público número _______ del Distrito Federal, Licenciado _____________________, en escritura número _______ , se protocolizó el contrato de apertura de crédito refaccionario con garantía hipotecaria sobre unidad industrial, en virtud del cual, _____________________., abrió a _____________________, un crédito refaccionario por _____________________pesos. Se pactó que el crédito causaría intereses moratorios a cargo de la acreditada y a favor de la sociedad, a razón de veintisiete por ciento anual sobre saldos insolutos. En el citado contrato de apertura de crédito, en la cláusula cuarta se estableció la forma de pago y el plazo correspondiente. En la cláusula sexta del contrato protocolizado aludido se constituyeron diversos gravámenes para garantizar el pago puntual del capital, intereses y accesorios del crédito refaccionario. En la cláusula decimosegunda del contrato de apertura de crédito referido se estableció la facultad de la sociedad para dar por vencido anticipadamente el plazo concedido para el pago del crédito en el supuesto de que la acreditada no realizara uno o más de los pagos que se obligó a efectuar.

II. Declaran ambas partes contratantes que _____________________ dejó de pagar las mensualidades a su cargo previstas en la cláusula cuarta del contrato de apertura de crédito refaccionario, mencionado en la declaración que antecede y que a la fecha adeuda las mensualidades correspondientes a los días del _______ de _______ de _______ a la fecha.

III. La sociedad, en escrito de _______ de _______ de _______ , demandó ante el juzgado Trigésimo Octavo. de lo Civil de esta ciudad el pago de la cantidad de _____________________pesos, por concepto de suerte principal, el pago de intereses moratorios convenidos sobre saldos insolutos sobre la cantidad de _____________________pesos, calculados al _______ % anual desde la fecha en que _____________________ incurrió en mora hasta el momento en que se realice el pago total del adeudo por la demandada, _____________________ La, demanda respectiva instaurada en contra de _____________________ se fundó en el primer testimonio de la escritura número _______ de _______ de _______ de _______ , que se menciona en la primera declaración. En el escrito inicial se demandó también el pago de los gastos y costas que el juicio origine.

IV. Declaran ambas partes contratantes que en el expediente _____________________, abierto en el juzgado Trigésimo Octavo de lo Civil, respecto del juicio ordinario mercantil referido en la anterior declaración, se dio entrada a la demanda y se ordenó el emplazamiento a _____________________, la que fue debidamente emplazada.

V. Declaran ambas partes que, es su deseo, resolver la situación derivada de las declaraciones . que anteceden mediante un convenio en los términos del siguiente clausulado:

CLÁUSULAS

Primera. _____________________ reconoce deber a la sociedad el día de hoy, _______ de _______ de _______ la cantidad de _____________________ pesos, por capital e intereses, derivados del crédito a que se refiere la primera declaración, más los intereses que se sigan devengando, que se obliga a pagar en un plazo de nueve meses computados desde la fecha de este convenio hasta el día _______ de _______ de _______ , ampliándose por tanto, el plazo ya vencido a _______ meses más, en los términos de esta cláusula.

Segunda. _____________________, se obliga a entregar a la sociedad, por conducto de cualquiera de los interventores que han designado de común acuerdo, o del auxiliar que se menciona en la cláusula siguiente a cuenta de las prestaciones a su cargo, cada quince días los remanentes que se obtengan de los ingresos del _____________________, después de cubrir los gastos de administración.

Tercera. Para el efecto de que se dé cumplimiento a la obligación contraída en la cláusula que antecede, subsistirá la intervención de los señores _____________________ y _____________________, así como el cargo de auxiliar para efectos de control de caja a cargo del señor _____________________. La sociedad se reserva el derecho de cambiar y remover al o a los interventores y al auxiliar de los mismos cuando a su criterio hayan dejado de cumplir debidamente con sus funciones.

Cuarta. Ambas partes convienen en que lo pactado en este convenio tenga el carácter de cosa juzgada y de sentencia ejecutoriada y que, en caso de incumplimiento y por parte de _____________________ se proceda a realizar el remate del _____________________ conforme a la cláusula sexta del contrato a que se refiere la primera declaración.

Quinta. Ambas partes convienen en que subsista la garantía del _____________________ hasta que _____________________ cubra las prestaciones a su cargo derivadas del contrato a que se refiere la primera declaración.

Sexta. Ambas partes convienen en que, cualquier erogación, impuestos o derechos que pudiera engendrar la celebración de este convenio sean cargo de _____________________

Séptima. Ambas partes convienen en que, en el supuesto de cumplimiento de este convenio no se causarán gastos y costas a cargo de _____________________ Asimismo convienen en que, la falta de pago por _____________________, en el plazo y forma previstos en las cláusulas primera y segunda de este convenio Originará a cargo de _____________________, la obligación de pago de gastos y costas.

Octava. _____________________, a través de sus representantes legales y la sociedad, a través de los señores licenciados que la representan, apoderados en el juicio a que se refiere la declaración tercera, se obligan a comparecer al juzgado Trigésimo Octavo de lo Civil para ratificar el mismo, en la inteligencia de que, este convenio no producirá efectos hasta que no sea homologado por el C. juez Trigésimo Octavo de lo Civil y se ordene que este convenio tenga el carácter de sentencia ejecutoriada y, por tanto, la autoridad de cosa juzgada.

Novena. Ambas partes se someten expresamente a los tribunales y leyes de la ciudad de México, para cualquier controversia que pudiera suscitarse sobre la interpretación o cumplimiento de este convenio.

Leído que fue este convenio, y enteradas las partes del alcance y contenido de todas y cada una de sus declaraciones y cláusulas, lo suscriben el día tres de septiembre de mil novecientos ochenta.

_____________________.

Apoderados:

Lic. _____________________Lic. _____________________

_____________________

Apoderados:

Sr. _____________________Sra. _____________________

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