RLCFE Capítulo I. Disposiciones generales
 

Artículo 1. Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:

  1. Comité Especial: El comité especial previsto en el artículo 23 de la Ley;
  2. Consejeros del Gobierno Federal: Los integrantes del Consejo de Administración a que se refiere el artículo 14, fracción II de la Ley;
  3. Consejeros Independientes: Los integrantes del Consejo de Administración a que se refiere el artículo 14, fracción III de la Ley;
  4. Consejero de los Trabajadores: El integrante del Consejo de Administración a que se refiere el artículo 14, fracción IV de la Ley;
  5. Consejo de Administración: El Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad, y
  6. Ley: La Ley de la Comisión Federal de Electricidad.
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