La sentencia definitiva queda firme cuando:
No admita en su contra recurso o juicio.
Admitiendo recurso o juicio, no fuere impugnada, o cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate haya sido desechado o sobreseído o hubiere resultado infundado, y
Sea consentida expresamente por las partes o sus representantes legítimos.
Reformado DOF 16 Junio 2016
Cumplimiento de sentencia firme [2]
A partir de que quede firme una sentencia y cause ejecutoria, correrán los plazos para el cumplimiento de las sentencias, previstos en los artículos 52 y 58-14 de esta Ley.