La Dirección General de Proyectos tiene las atribuciones siguientes:

Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y en colaboración con las instituciones de crédito y demás entes públicos y privados, sobre la definición, estructuración y autorización de operaciones financieras relativas a proyectos de infraestructura que tengan participación pasiva o activa del Gobierno federal y le encomiende la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda, así como opinar sobre los términos y condiciones financieras de dichas operaciones y llevar su seguimiento;

Definir y estructurar, en colaboración con las instituciones de crédito y demás entes públicos y privados, operaciones financieras particulares en las que tenga participación el Gobierno federal que le encomiende la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Implementar, en coordinación con la Coordinación de Procedimientos Legales de Crédito, los mandatos asociados al crédito público, en materia de su competencia, que otorgue el Gobierno federal, a través de la Secretaría, así como, en su caso, tramitar y formalizar su terminación;

Emitir opinión respecto de la estructuración y ejecución de operaciones financieras especializadas, particularmente aquellas asociadas a proyectos de infraestructura que pretendan celebrar las entidades de la Administración Pública Federal, previa solicitud de estas y de aquellas operaciones financieras que sean encomendadas por la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Coadyuvar, en las materias a que se refiere este artículo, con la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda en el ejercicio de sus atribuciones con respecto a la Comisión Intersecretarial de Gasto Público, Financiamiento y Desincorporación y, en su caso, a otras comisiones intersecretariales;

Participar en el diseño e implementación de políticas de promoción, regulación y supervisión de los participantes en los mercados financieros nacionales cuando se trate de proyectos de infraestructura;

Participar, en coordinación con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, en la definición y establecimiento de estrategias en el manejo del patrimonio correspondiente a los fondos, fideicomisos y empresas de participación estatal mayoritaria, en el ámbito de su competencia;

Participar en la elaboración de los mecanismos de seguimiento a los proyectos de infraestructura implementados por el Gobierno federal que le encomiende la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Requerir, en el ámbito de su competencia, a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal la información para dar seguimiento a los proyectos de infraestructura implementados por el Gobierno federal que le encomiende la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Requerir la documentación necesaria para la atención de los asuntos de operaciones financieras temáticas o esquemas especiales que le encomiende la persona titular de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda;

Apoyar en el ámbito de su competencia, a la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda en la atención a inversionistas y agencias calificadoras nacionales e internacionales en operaciones financieras relacionadas con proyectos de infraestructura, y

Participar por acuerdo de su superior jerárquico en la elaboración del Programa Nacional de Financiamiento del Desarrollo, en el ámbito de competencia de la Unidad de Crédito Público y Asuntos Internacionales de Hacienda.

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