Convenio con Australia para evitar la doble imposición tributaria
Art. 23. Métodos para la eliminación de la doble tributación
  
  1. Con arreglo a las disposiciones y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en la legislación de México, conforme a las modificaciones ocasionales de esta legislación que no afecten sus principios generales, México permitirá a sus residentes acreditar contra el impuesto mexicano:
    1. el impuesto australiano pagado sobre el ingreso procedente de Australia, en un monto que no exceda del impuesto exigible en México sobre dicho ingreso; y
    2. en el caso de una sociedad que sea propietaria de por lo menos el 10 por ciento del capital de una sociedad residente de Australia y de la cual, la sociedad mencionada en primer lugar recibe dividendos, el impuesto australiano pagado por la sociedad que los distribuye, respecto de los beneficios con cargo a los cuales se pagan los dividendos.
  2. Sujeto a las disposiciones de la legislación de Australia vigentes a lo largo del tiempo, relativas a la posibilidad de acreditar contra el impuesto australiano, el impuesto pagado en un país distinto a Australia (que no afectará el principio general de este Artículo):
  1. el impuesto mexicano pagado de conformidad con la legislación de México y con arreglo al presente Acuerdo, ya sea directamente o mediante deducción, respecto del ingreso obtenido por una persona residente de Australia, de fuentes situadas en México, podrá acreditarse contra el impuesto australiano exigible respecto de dicho ingreso; y
  2. cuando una sociedad que sea residente de México y no sea residente de Australia para efectos del impuesto australiano pague un dividendo a una sociedad que es residente de Australia y que controla, directa o indirectamente, no menos del 10 por ciento de las acciones con derecho a voto de la sociedad mencionada en primer lugar, el crédito referido en el inciso (a) deberá incluir el impuesto mexicano pagado por esa sociedad mencionada en primer lugar, respecto de aquella parte de sus beneficios con cargo a los cuales se paga el dividendo.
Traducir »
error: Content is protected !!
Close

Cart

No hay productos en el carrito.