Acuerdo con Emiratos Árabes Unidos para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal en Materia de Impuestos sobre la Renta
Art. 23. Eliminación de la doble imposición
  

La doble imposición se evitará de la siguiente manera:

  1. De conformidad con las disposiciones y sin perjuicio de las limitaciones de la legislación de México, conforme a las modificaciones ocasionales de esta legislación que no afecten sus principios generales, México permitirá a sus residentes acreditar contra el impuesto mexicano:
  1. el impuesto de los Emiratos Árabes Unidos pagado sobre rentas procedentes de los Emiratos Árabes Unidos, por una cantidad que no exceda del impuesto que sea exigible en México por el mismo ingreso, y
  2. en el caso de una sociedad propietaria de por lo menos el 10% del capital de una sociedad residente en Emiratos Árabes Unidos y de la cual la sociedad mencionada en primer lugar recibe dividendos, el impuesto de los Emiratos Árabes Unidos pagado por la sociedad que distribuye los beneficios con cargo a los cuales se pagan los dividendos.
  3. En los Emiratos Árabes Unidos, cuando un residente de los Emiratos Árabes Unidos obtenga rentas o posea capital que de acuerdo con lo dispuesto por el presente Acuerdo, pueda someterse a imposición en México, los Emiratos Árabes Unidos permitirán:
  1. la deducción del impuesto sobre la renta de dicho residente, en una cantidad igual al impuesto sobre la renta pagado en México;
  2. la deducción del impuesto sobre el capital de dicho residente, en una cantidad igual al impuesto sobre el capital pagado en México.

    Sin embargo, las deducciones, cualquiera que sea el caso, no excederán de la parte del impuesto sobre la renta o del impuesto sobre el capital, calculado antes de otorgar dicha deducción, que sea atribuible, según sea el caso, a las rentas o capital que pudieran someterse a imposición en México.
  3. Cuando de conformidad con cualquier disposición del Acuerdo, los ingresos obtenidos o el capital que sea propiedad de un residente de un Estado Contratante se encuentren exentos de impuesto en ese Estado, dicho Estado puede considerar los ingresos o el capital exentos a fin de calcular el impuesto sobre los ingresos o capital restantes de dicho residente.
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