Convenio con Italia para evitar la doble imposición tributaria
Art. 22. Métodos de eliminación de la doble imposición
  
  1. En lo que concierne a México, la doble imposición se evitará de la manera siguiente:
  1. los residentes en México podrán acreditar el impuesto sobre la renta pagado en Italia, hasta por un monto que no exceda del impuesto que se pagaría en México por el mismo ingreso; y
  2. bajo las condiciones previstas por la legislación mexicana, las sociedades que sean residentes en México podrán acreditar contra el impuesto sobre la renta a su cargo derivado de la obtención de dividendos, el impuesto sobre la renta pagado en Italia por los beneficios con cargo a los cuales la sociedad residente en Italia pagó los dividendos.
  3. En el caso de un residente de la República Italiana la doble tributación se evitará de la manera siguiente:

Cuando un residente de Italia reciba rentas que se encuentren sujetas a imposición en México, Italia, al aplicar los impuestos sobre la renta a que se refiere el Artículo 2 del presente Convenio, puede incluir dentro de la base imponible de dichos impuestos, las rentas mencionadas, a menos que las disposiciones contenidas en el presente Convenio se opongan a ello.

En este caso, Italia debe deducir de los impuestos de esta forma establecidos, el impuesto sobre la renta pagado en México, pero el monto de la deducción no podrá exceder de la tasa de impuesto italiano imputable a dichas rentas, en la proporción que las rentas mencionadas participen en el cálculo del ingreso total.

Sin embargo, ninguna deducción será otorgada en el caso de que las rentas se encuentren sujetas a imposición en Italia, a petición del beneficiario del ingreso, por vía de retención con carácter de pago definitivo en la fuente, conforme a lo previsto por la legislación italiana.

  1. Para los efectos del presente Artículo se presumirá que un impuesto del 15% ha sido pagado respecto de los dividendos distribuidos por sociedades residentes en México, siempre que los beneficios con cargo a los cuales se paguen dichos dividendos provengan principalmente de negocios desarrollados en México.
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