Convenio con Eslovaca para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal
Art. 21. Eliminación de la doble imposición
  
  1. En el caso de un residente de Eslovaquia, la doble imposición se eliminará de la siguiente manera:
    Eslovaquia, al someter a imposición a sus residentes, podrá incluir en la base gravable sobre la cual se imponen los impuestos, los ingresos que de conformidad con las disposiciones del Convenio, pueden someterse a imposición en México pero deberá permitir la deducción del impuesto calculado sobre esta base, de una cantidad igual al impuesto pagado en México. Sin embargo, esta deducción no excederá de aquella parte del impuesto eslovaco calculado antes de que se otorgue la deducción, que sea atribuible a los ingresos que de acuerdo con las disposiciones del presente Convenio puedan someterse a imposición en México.
  2. En el caso de un residente de México, la doble imposición se eliminará de la siguiente manera:
    Con arreglo a las disposiciones y sin perjuicio de las limitaciones establecidas en la legislación de México, conforme a las modificaciones ocasionales de esta legislación que no afecten sus principios generales, México permitirá a sus residentes acreditar contra el impuesto mexicano:
    1. El impuesto eslovaco pagado por ingresos provenientes de Eslovaquia, en un monto que no exceda del impuesto exigible en México sobre dichos ingresos; y
    2. en el caso de una sociedad que detente por lo menos el 10 por ciento del capital de una sociedad residente de Eslovaquia y de la cual la sociedad mencionada en primer lugar recibe dividendos, el impuesto eslovaco pagado por la sociedad que distribuye los mismos respecto de los beneficios con cargo a los cuales se pagan los dividendos.
  3. Cuando de conformidad con cualquier disposición del Convenio, los ingresos obtenidos por un residente de un Estado Contratante estén exentos de impuesto en ese Estado, éste puede, sin embargo, tener en cuenta los ingresos exentos para efecto de calcular el importe del impuesto sobre el resto de los ingresos de dicho residente. 
Traducir »
error: Content is protected !!
Close

Cart

No hay productos en el carrito.