Convenio con Israel para evitar la doble imposición tributaria |
Los honorarios de consejeros y otras retribuciones similares que un residente de un Estado Contratante obtenga como miembro de un Consejo de administración o cualquier órgano similar, o de vigilancia o, en el caso de México, en su calidad de administrador o comisario, de una sociedad residente del otro Estado Contratante, pueden someterse a imposición en este otro Estado.