CONTRATO DE ARBITRAJE
DEPENDENCIA: ________________________________.
EXPEDIENTE: _________________________________.
ASUNTO: _____________________________________.
HOJA: _______________________________________.
Ahora y subsecuentemente, reconociendo plena competencia a esta Procuraduría para dirimir la Controversia entre ____________________________, representada por su Administrador General ________________, y por otro, ____________________, representado su por propio derecho, deciden someterse al Arbitraje Comercio __________________.
En uso de la palabra, los comparecientes manifiestan:
a) (________________________)
b) (________________________)
c) (________________________)…..
Por lo anterior descrito, deciden someter bajo ARBITRAJE COMERCIAL, en la jurisdicción de esta procuraduría.
Por lo que se regirá al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.Si la actora está de acuerdo, que la queja por ella presentada sea tomada como demanda y si la demandada está igualmente de acuerdo, que el informe sea tomado como contestación.
En dado caso de que a juicio del árbitro se considere que se requieren mayores elementos y las partes estén en aptitud de aportarlos, lo harán en forma oral en la audiencia de Compromiso Arbitral, y en caso de que no sea posible lo anterior.
Se le concederán ________________ días hábiles a la actora, con el objeto de que adicione su queja por escrito.
En el supuesto de que no adicione su queja en el plazo concedido, se tomará como demanda la queja interpuesta originalmente, y en caso de que ésta sea obscura, ambigua o imprecisa, se dará por terminado el procedimiento arbitral turnándose el expediente al archivo como asunto totalmente concluido.
SEGUNDA. Las partes convienen en que cuando la demandada no hubiere rendido su informe de Ley ante el área de Conciliación, o él mismo no reúna los elementos necesarios ajuicio del árbitro y se acepte la queja como demanda, tendrá cinco días hábiles para adicionar-lo y en el supuesto de que no ofrezca su contestación en el plazo concedido, se le tendrá por perdido su derecho para tales efectos, debiendo continuar el tribunal arbitral con las actuaciones, sin que esa omisión se considere por sí misma como una aceptación de lo alegado por el actor.
TERCERA. Las partes convienen en que el árbitro podrá en cualquier fase del procedimiento, dictar los acuerdos necesarios para subsanar omisiones en el mismo con la finalidad de regularizarlo. Asimismo están de acuerdo en que a petición de cualquiera de ellas o por determinación de la Delegación cuando así lo considere conveniente, podrá ordenar se remitan los autos a la Dirección General de Arbitraje y Resoluciones, en el _______________________. Hasta su conclusión.
CUARTA. Convienen las partes en que las promociones relativas a este juicio arbitral deberán ser presentadas en la Oficialía de Partes del área arbitral de esta Delegación, dentro de un horario comprendido de las _______ a las ________ horas.
QUINTA. Las partes podrán aportar como medios de prueba todas aquellas reconocidas por la ley, y que tengan relación inmediata con los hechos controvertidos, las pruebas deberán ser presentadas al momento de ratificar la queja como demanda y el informe como contestación a la misma, o en su caso al presentar adición de demanda y contestación.
Solicitando sean consideradas como pruebas las actuaciones y documentos derivados del procedimiento inicial de queja, en el entendido que para el caso de no exhibir pruebas dentro del término descrito, se tendrá por precluido su derecho para exhibirías con posterioridad, salvo las supervenientes.
Facultando de igual forma al árbitro para solicitar de las partes, todos los elementos que juzgue necesarios para resolver las cuestiones que se hayan planteado.
SEXTA. Las partes están conformes en que la prueba Confesional podrá desahogarse en la audiencia de Compromiso Arbitral siempre y cuando estén presentes los absolventes. En consecuencia con la testimonial, no podrán ser más de ___________ testigos, debiendo desahogarse esta prueba en una sola audiencia y estar separados al momento de su desahogo.
SÉPTIMA. Las partes convienen en que al ofrecer la prueba pericial, exhibirán el pliego que contenga las preguntas que se formularán o bien las redactarán al momento de la audiencia; facultando al árbitro para que designe a un solo perito para que rinda su dictamen al cual se sujetarán. Estando de acuerdo en que los honorarios del perito correrán a cargo de las mismas en igual proporción.
De igual manera, facultan al árbitro para que cuando lo considere necesario para resolver la controversia, se necesite la prueba pericial, designe un perito único corriendo los honorarios a cargo de las partes, depositando su cantidad cada parte, ante el árbitro.
OCTAVA. Las partes convienen en que el único RECURSO admisible durante el Procedimiento será el de REVOCACIÓN de conformidad con lo dispuesto con el artículo __________ de la Ley Federal de Protección al Consumidor, que deberá interponerse por escrito dentro de _______________ los ________ días hábiles siguientes a la notificación del auto impugnado, el cual será resuelto por la propia Delegación.
NOVENA. Aceptan las partes de conformidad, que el LAUDO pronunciado por la Procuraduría Federal del Consumidor no admitirá recurso alguno, sólo la aclaración del mismo, la cual deberá promoverse dentro de los dos días hábiles siguientes a la notificación.
DÉCIMA. Las partes están de acuerdo en que en cualquier momento el presente NEGOCIO ARBITRAL, puede terminar mediante convenio o transacción que se efectúe ante ésta Procuraduría Federal del Consumidor.
DÉCIMA PRIMERA. En relación con las notificaciones personales que deban hacerse en este procedimiento se practicarán en el domicilio que para tal efecto señalen las partes en la presente audiencia, autorizando para que dicha diligencia se entienda con cualquier persona que se encuentre en los mismos, en la inteligencia de que si al constituirse el notificador para cumplir su comisión no fuese atendido por ninguna persona, se tendrá como válida la notificación que se realice por conducto del vecino más cercano a sus domicilios.
Facultando al árbitro que para el caso de no realizar la notificación en los términos descritos, se podrá ordenar su diligencia en el domicilio determinado en la queja inicial y en el caso de que hubieran cambiado de domicilio, sin que se hubiere notificado al árbitro, las notificaciones personales, serán realizadas en los estrados de la Delegación o de la Dirección General de Arbitraje y Resoluciones, así como las que no sean de carácter personal, las cuales deberán de contener número de expediente y nombre de las partes litigantes.
En _______________ a ___________ de ________________ de ____________.
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ARBITRO
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TESTIGO
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TESTIGO