Artículo 19. Etapas de la carrera. Las etapas de la Carrera Judicial previstas en el presente Capítulo comprenden el ingreso, promoción, evaluación del desempeño, permanencia y separación de las personas servidoras públicas de carácter jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación, con excepción de aquellas o aquellos de la Suprema Corte y del Tribunal Electoral, a quienes les serán aplicables las disposiciones generales para tal efecto se establezcan a través de sus respectivos acuerdos.