CFDF Libro I. Título III. Capítulo IX. Sección XXI. De los derechos por la prestación de servicios en materia de protección civil para la Ciudad de México
  

Derogado Gaceta DF 31 Diciembre 2017

Artículo 258. Se deroga.

Adicionado Gaceta DF 22 Diciembre 2014

Artículo 258 Bis. Por los servicios de evaluación y dictaminación del Estudio de Impacto de Movilidad que a continuación se indican, se cubrirán por concepto de derechos, las siguientes cuotas:

  1. Por el dictamen de estudio de impacto de movilidad que efectúe la autoridad competente, en las siguientes modalidades:

Cuotas Reformadas G.O. CDMX 27 Diciembre 2022

  1. Manifestación de impacto de movilidad general ………….. $7,300.00  

Cuotas Reformadas G.O. CDMX 27 Diciembre 2022

  1. Manifestación de impacto de movilidad específica ………….. $11,116.00
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