Artículo 243. El impuesto se causará de acuerdo con la siguiente Tarifa:
- Por cada cabeza de ganado bovino $110.00
- Por cada cabeza de ganado porcino $ 24.00
- Por cada cabeza de ganado mular $ 40.00
- Por cada cabeza de ganado caballar $ 34.00
- Por cada cabeza de ganado ovino $ 10.00
- Por cada cabeza de ganado caprino $ 6.00
- Por cada cabeza de ganado asnal $ 6.00
- Por cada cabeza de becerro mamón con edad máxima de 30 días $ 60.00
- Por cada cabeza de cabrito con edad máxima de 30 días. $ 1.50