MODELO DE FORMATO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL SOSTENIMIENTO DE PROPOSICIONES.

NOMBRE DE LA AFIANZADORA:_________________________________.

DECLARACIÓN EXPRESA DE QUE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA CUENTA CON LA AUTORIZACIÓN DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO INDICANDO EL MARGEN DE OPERACIÓN ( EL IMPORTE DE LA FIANZA NO DEBE REBASAR LOS LIMITES DE LA OPERACIÓN QUE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO AUTORICE A LAS AFIANZADORAS, EXCEPTO LOS CASOS DE AUTORIZACIÓN DE REAFIANZAMIENTO OTORGADA POR LA COMISIÓN NACIONAL DE SEGUROS Y FIANZAS).

NUMERO DE POLIZA:__________________________________________.

DECLARACIÓN DE QUE LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SE CONSTITUYE HASTA POR LA SUMA DE $ _________________ (__________________).

A FAVOR DE _______________________________.

PARA GARANTIZAR POR (NOMBRE Y DIRECCIÓN DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL QUE PRESENTA LA PROPOSICIÓN) EL SOSTENIMIENTO DE LA PROPOSICIÓN PRESENTADA Y LIMITACIÓN RESTRINGIDA NUMERO ______________, QUE TIENE POR OBJETO ( INDICAR LA OBLIGACIÓN QUE SE ESTA CONCURSANDO), ESTA GARANTÍA ESTARÁ VIGENTE HASTA QUE ________________, MANIFIESTE EXPRESAMENTE POR ESCRITO LA DEVOLUCIÓN PARA CANCELACIÓN DE CONFORMIDAD CON LA LEY DE ADQUISICIONES Y OBRAS PÚBLICAS, EL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS RELACIONADOS CON BIENES MUEBLES, LEY DE PRESUPUESTO CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO FEDERAL Y DEMÁS NORMATIVIDAD QUE RESULTE APLICABLE.

LA AFIANZADORA ACEPTA EXPRESAMENTE CONTINUAR GARANTIZANDO EL CRÉDITO A QUE ESTA PÓLIZA SE REFIERE, AUN EN EL CASO DE QUE SE OTORGUEN PRORROGAS O ESPERA AL DEUDOR, PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN, ACEPTA SOMETERSE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN ESTABLECIDO POR EL ARTICULO 95 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES Y FIANZAS, REFORMADA POR DECRETO DEL 3 DE ENERO DE 1990, ASÍ COMO AL ARTICULO 118 DE LA MISMA LEY; PARA LA INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO QUE ESTA PÓLIZA REPRESENTA, SE SOMETE A LA JURISDICCIÓN DE LOS TRIBUNALES FEDERALES DE LA CIUDAD DE MÉXICO, DISTRITO FEDERAL, RENUNCIANDO PARA ESTE EFECTO AL QUE PUDIERA CORRESPONDERLE EN RAZÓN DE DOMICILIO; ESTA FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR DESDE LA FECHA DE SU EXPEDICIÓN Y DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y JUICIOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, HASTA QUE SE DICTE RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE.

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