RLMI Título VI. Capítulo II. Del sistema de puntos
 

Artículo 124. El sistema de puntos para que las personas extranjeras puedan adquirir la residencia permanente, establecerá criterios de selección para atraer personas extranjeras inversionistas o con alta competencia en áreas como la ciencia, la tecnología, el deporte, las humanidades y las artes o aquellos que fortalezcan y fomenten el desarrollo y competitividad en el territorio nacional.

Artículo 125. Los criterios de selección podrán incorporar, entre otras, las siguientes categorías:

  1. Nivel educativo;
  2. Experiencia laboral en áreas de interés para el país que tengan gran demanda y poca oferta;
  3. Experiencia laboral en otras áreas;
  4. Inversionista;
  5. Aptitudes en ciencia y tecnología;
  6. Reconocimientos o premios internacionales;
  7. Dominio del idioma español, y
  8. Conocimiento de la cultura mexicana.

La Secretaría establecerá mediante disposiciones administrativas de carácter general que se publicarán en el Diario Oficial de la Federación, las categorías; la ponderación de puntos que corresponda a cada categoría; así como el puntaje mínimo que se requiera para ingresar por esta vía.

La Secretaría en conjunto con las dependencias que estime convenientes, revisará el sistema de puntos cada tres años, y en su caso publicará en el Diario Oficial de la Federación, la adición, modificación o supresión de categorías; la ponderación de puntos que corresponda a cada una de ellas; así como los puntajes mínimos y demás datos que estime pertinentes.

Artículo 126. La persona extranjera que pretenda ingresar al territorio nacional a través del sistema de puntos debe presentar la solicitud de visa ante la oficina consular, debiendo adjuntar el formato de precalificación debidamente llenado y los documentos que acreditan las categorías que cumple.

Lo anterior conforme al procedimiento y requisitos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo 127. La persona extranjera titular de la condición de estancia de residente temporal o la persona extranjera que al término de algún encargo oficial desee permanecer en el territorio nacional, podrá solicitar por la vía del sistema de puntos el cambio a la condición de estancia de residente permanente, o bien, la autorización de la misma.

Para efecto de lo anterior, debe presentar la solicitud de trámite correspondiente ante el Instituto, debiendo adjuntar el formato de precalificación debidamente llenado y los documentos que acreditan las categorías que cumple.

Lo anterior conforme al procedimiento y requisitos previstos en las disposiciones administrativas de carácter general que serán publicadas en el Diario Oficial de la Federación.

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