LCMOPFIH Art. 13. Destinación de ingresos
 

Los ingresos que se perciban por la aplicación de esta Ley, se destinarán a la Comisión Nacional del Agua para la construcción, reparación, ampliación, terminación o modernización de las obras públicas federales de infraestructura hidráulica.

Traducir »
error: Content is protected !!
Close

Cart

No products in the cart.