RISAT Art. 1o. Obligaciones y atribuciones del Servicio de Administración Tributaria
 

El Servicio de Administración Tributaria, como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones y el despacho de los asuntos que le otorgan la Ley del Servicio de Administración Tributaria, otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas aplicables, así como los asuntos que el Secretario de Hacienda y Crédito Público le encomiende ejecutar y coordinar en las materias a que se refiere el presente Reglamento.

Adicionado DOF 21 Diciembre 2021

Para el ejercicio de las atribuciones en materia aduanera que le otorgan las disposiciones jurídicas aplicables, el Servicio de Administración Tributaria contará con el auxilio de la Agencia Nacional de Aduanas de México, de conformidad con lo establecido en el Reglamento Interior de dicho órgano administrativo desconcentrado.

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