LSAT Art. 18. Comisión de organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera  
   

El SAT contara con una comisión [1]

El Servicio de Administración Tributaria contará con una comisión responsable de la organización y funcionamiento del Servicio Fiscal de Carrera.

Servicio Fiscal de Carrera [2]

El régimen específico del Servicio Fiscal de Carrera quedará establecido en el Estatuto del Servicio Fiscal de Carrera que para tales efectos expida la Junta de Gobierno.

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