Convenio con Luxemburgo para evitar la doble imposición tributaria |
Los honorarios de consejeros y otras retribuciones similares que un residente de un Estado Contratante obtenga como miembro de un consejo de administración o de vigilancia, y en el caso de México en su calidad de administrador o comisario, de una sociedad residente del otro Estado Contratante, pueden someterse a imposición en este otro Estado.