LSAT Art. 19. Instancias de consulta y comités especializados del SAT  
 

Consulta y comités especializados [1]

El Servicio de Administración Tributaria podrá contar con instancias de consulta y comités especializados que le permitan mantener una vinculación efectiva y permanente con los contribuyentes y especialistas interesados en su operación y funcionamiento.

Objetivo de las instancias y comités del SAT [2]

Las instancias y comités que se constituyan tendrán como objetivo primordial coadyuvar en el mejoramiento de la administración tributaria y la aplicación de la legislación fiscal y aduanera, así como la difusión de la información y orientación necesarias que permita crear una auténtica conciencia tributaria entre la sociedad.

Traducir »
error: Content is protected !!
Close

Cart

No products in the cart.