RLIEPS Art. 13. Comprobantes por enajenación de alcohol o alcohol desnaturalizado
 

Los contribuyentes que enajenen alcohol o alcohol desnaturalizado, podrán expedir comprobantes con el traslado en forma expresa y por separado del impuesto causado por la enajenación de tales bienes, siempre que el adquirente así lo solicite.

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